Derechos básicos de las víctimas de trata con fines de explotación sexual
Las personas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual tienen derechos reconocidos por la ley española. Conocer estos derechos puede marcar una gran diferencia en su proceso de recuperación, protección y justicia.
¿Qué asistencia pueden recibir?
Las víctimas tienen derecho a acceder a una serie de recursos específicos para su atención y protección. Estos recursos incluyen:
- Alojamiento seguro y adecuado
- Alimentación e higiene personal
- Atención psicológica y médica
- Servicios de interpretación
- Asesoramiento y representación jurídica
Además, es fundamental facilitar el contacto con organizaciones especializadas que ofrezcan acompañamiento y asistencia integral. Desde la Comisión para la investigación de Malos Tratos a Mujeres ofrecemos atención integral a mujeres en situación de prostitución y víctimas de trata con fines de explotación sexual, a través del Programa Brújula, financiado por PROGRAMA ESTATAL DE INCLUSIÓN SOCIAL, GARANTÍA INFANTIL Y LUCHA CONTRA LA POBREZA (CCI 2021ES05SFPR003) y cofinanciado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad social y Migraciones. En este enlace puedes ver nuestros contactos de atención.
Derechos reconocidos por la legislación española
A continuación, se detallan los principales derechos que amparan a las víctimas de trata:
En cuanto a la Participación en el proceso judicial, según los artículos 109 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las víctimas tienen derecho a:
- Ser parte activa en el proceso judicial
- Ser escuchadas y que su opinión sea tenida en cuenta
- Recibir reparación por el daño sufrido
- Solicitar medidas cautelares, como la prohibición de acercamiento del agresor
Sobre la Protección de identidad, la Ley 19/1994 protege a testigos y peritos en causas criminales, permitiendo que:
- No se revele la identidad de la víctima en el proceso
- Se realicen diligencias sin exposición visual
- Se utilice la sede judicial como domicilio para notificaciones
En relación a la Asistencia a víctimas de delitos violentos, la Ley 35/1995 garantiza ayudas públicas a víctimas de:
- Delitos dolosos y violentos
- Delitos contra la libertad sexual, incluso sin violencia
- Estas ayudas pueden ser solicitadas tanto por víctimas directas como indirectas.
- Protección frente a la violencia de género: cuando el tratante es cónyuge o pareja (actual o pasada), se aplican los derechos recogidos en la Ley Orgánica 1/2004, que ofrece un marco de protección integral frente a la violencia de género.
- Asistencia jurídica gratuita: Las víctimas tienen derecho a asistencia jurídica gratuita, sin necesidad de demostrar falta de recursos, según la Ley 1/1996, modificada por el Real Decreto Ley 3/2013.
Estatuto de la víctima del delito: Los derechos recogidos en la Ley 4/2015, de 17 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito, que reconoce una serie de derechos procesales y extraprocesales para todas las víctimas de delitos, dando respuesta jurídica y social tanto a las víctimas como a sus familiares, además de una atención específica hacia las víctimas más vulnerables, como son las victimas de trata y las victimas menores de edad.
Interpretación e información en su idioma: Conforme a la Ley Orgánica 4/2000, tienen derecho a un intérprete y a recibir información clara en un idioma que comprendan.
Derechos de las víctimas extranjeras en situación irregular
Además de los derechos anteriores, las víctimas extranjeras que se encuentren en situación irregular tienen derecho reconocido a:
- Un periodo de reflexión de al menos 90 días, donde se garantiza su recuperación física y emocional sin presión para colaborar con las autoridades
- La posibilidad de obtener una autorización de residencia y trabajo, por colaboración con las autoridades o por su situación personal
- Retorno voluntario a su país de origen, si así lo desea.
- Acceso al sistema sanitario: Gracias al Real Decreto-ley 7/2018, las víctimas de trata tienen garantizado el acceso universal al Sistema Nacional de Salud, incluso si se encuentran en situación administrativa irregular.
¿Dónde buscar ayuda?
La lucha contra la trata con fines de explotación sexual requiere una respuesta coordinada y comprometida por parte de todos los agentes implicados: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, profesionales del ámbito jurídico, sanitario, educativo, servicios sociales, entidades especializadas y la sociedad civil.
Para garantizar que las víctimas puedan ejercer plenamente sus derechos y acceder a los recursos de protección, es fundamental que exista una colaboración efectiva entre profesionales. En este sentido interpelamos a todas las personas que trabajen en contacto con posibles víctimas de trata a coordinarse con la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, especialmente si detectan un posible caso. La derivación temprana y adecuada puede ser clave para su protección y recuperación. Podemos orientarte sobre cómo proceder y cómo garantizar la atención adecuada a la víctima.
Si eres víctima o crees que podrías estar siéndolo, no estás sola, estamos aquí para escucharte, ayudarte y protegerte. Contacta con nosotras. Tu seguridad y tus derechos son lo más importante.