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Apoyamos el llamamiento de la CAP por la abolición de la prostitución

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres apoyamos el llamamiento impulsado por la CAP (Coalición por la abolición de la prostitución) a propósito del IV Congreso Mundial para la Abolición de la Prostitución, celebrado en Montreal del 1 al 3 de junio.

Se trata de uno de los mayores eventos abolicionistas del mundo, en el que se reunieron supervivientes, investigadoras, trabajadoras de primera línea, activistas, parlamentarias y más.

A continuación, puedes leer el manifiesto:

La prostitución es una forma de violencia

La mayor parte de las personas prostituidas han sufrido violencia, a menudo sexual, antes de entrar en la prostitución. La mayoría de ellas también han sido víctimas de muchas formas de violencia mientras ejercían la prostitución (física, verbal, sexual, psicológica).

​Los actos sexuales practicados sin que exista un deseo físico, sino como consecuencia de la precariedad económica, la desigualdad o la coacción a personas vulnerables, constituye una violencia sexual en sí misma.

​La prostitución como una instrumentalización de las desigualdades

La prostitución forma parte de la larga tradición patriarcal de poner los cuerpos de las mujeres a disposición del disfrute masculino (derecho de pernada, violación, acoso sexual, ¨deber conyugal¨, etc.). Esta práctica se nutre de todo tipo de desigualdades: de los hombres sobre las mujeres, de los ricos sobre las pobres, del Norte sobre el Sur, de los grupos mayoritarios hacia las minorías. Las mujeres migrantes y/o que forman parte de minorías están sobrerrepresentadas en la prostitución a escala global.

​La prostitución atenta contra la dignidad humana

Al considerar el sexo y el cuerpo humano como bienes de consumo, el sistema prostitucional refuerza la cosificación de todas las mujeres y sus cuerpos. Es una violación directa de la integridad física y moral de las personas prostituidas. La prostitución enfatiza aún más la dominación del hombre sobre la mujer y, en particular, la actitud patriarcal de derecho masculino sobre el cuerpo de la mujer, presente en otras formas de violencia contra la mujer como la violación, el acoso sexual y la violencia dentro de la pareja. El sistema prostitucional alimenta y perpetúa la trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Asimismo, constituye un obstáculo social para el desarrollo de una sexualidad libre, respetuosa e igualitaria.

​La prostitución es una violación de la dignidad humana

La prostitución enfatiza aún más la dominación del hombre sobre la mujer y, en particular, la actitud patriarcal de derecho masculino sobre el cuerpo de la mujer, presente en otras formas de violencia contra la mujer como la violación, el acoso sexual y la violencia dentro de la pareja. El sistema de prostitución alimenta y perpetúa la trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Asimismo, constituye un obstáculo social para el desarrollo de una sexualidad libre, respetuosa e igualitaria.

La prostitución es una violación de los Derechos Humanos

El derecho internacional reconoce que la prostitución es una violación de los derechos humanos y prohíbe expresamente el lucro de terceros a través de la prostitución ajena, lo que incluye el proxenetismo y la explotación en prostíbulos. Los Estados y los organismos de las Naciones Unidas tienen la obligación directa y vinculante de oponerse a cualquier banalización de la prostitución, así como trabajar por su erradicación.

Encuentro sobre prostitución con María José Barahona: en la prostitución el único valor de la mujer es el precio

Desde la Comisión para la Investigación de Malos tratos a Mujeres organizamos, en el marco de nuestro programa 10 en igualdad, un encuentro sobre prostitución donde contamos con la intervención de María José Barahona, pionera en investigar en España sobre la demanda de la prostitución, «Una aproximación al perfil del cliente de prostitución femenina en la Comunidad de Madrid» encargado y financiado por la Dirección General de la Mujer de la Comunidad de Madrid en 2003.

El objetivo de la conferencia fue sensibilizar sobre prostitución a la sociedad y ofrecer un amplio abanico de recursos para rebatir los mitos que la rodean, tales como la falsa libertad de elección de las mujeres.

“Una de las peores cosas que tenemos hoy en día es la desafección y la pérdida de memoria”.

María José Barahona comenzó su dedicación en el abordaje de la prostitución en 1988, y desde entonces ha sido testigo de su evolución. En este sentido recordó la gran dificultad en sus primeras investigaciones para obtener datos sobre proxenetas y puteros, a quien ella prefiere denominar “prostituidores”.

Tal y como explicó Barahona al inicio de su intervención, en prostitución los sexos están preasignados y este es el gran contingente de lo que es la prostitución hoy en día: los compradores son varones, su objetivo es obtener placer sexual y psicológico, y el objeto para conseguirlo es el cuerpo de la mujer. Cualquier alteración de los sexos sería anecdótica y no tendría ninguna relevancia cuantitativa, tal y como han demostrado estudios.

“En la prostitución el único valor de la mujer es el precio”.

La Doctora por la UCM, habló de la prostitución adulta y heterosexual, entendiendo la prostitución como el acceso por precio al cuerpo de la mujer por parte de un varón. En este sentido, la mujer en prostitución representa el valor que nos confieren los varones al conjunto de las mujeres.

“De los varones que pagan por sexo nada se dice y nada se sabe porque es una práctica convalidada por las costumbres”.

Tal y como señaló Barahona, la demanda masculina se convierte en la más inmediata y próxima causa de la expansión de la prostitución.

La feminización de la prostitución responde a la situación de discriminación social que sufre la mujer, por tanto, la situación de discriminación precede a la situación de prostitución. Explicó María José Barahona, quien además alentó a cambiar el centro de atención y la mirada

“¿Por qué los varones exigen comprar la sumisión sexual de las mujeres en el mercado capitalista? La prostitución es uno de los sistemas de explotación más antiguo del mundo que los hombres inventaron para someter a las mujeres. Por La prostitución es una cuestión sexista, machista».

“La trata existe porque existe la prostitución, España es uno de los principales destinos de turismo sexual”. Barahona quiso remarcar el inseparable vínculo entre prostitución y trata, ya que, al aumentar la demanda de mujeres, se incrementa causalmente el número de mujeres y niñas víctimas de trata con fines de explotación sexual.

Al término de su intervención María José Barahona reivindicó lo siguiente:

“No hablemos más de prostitución sino de explotación sexual, no hablemos más de prostituta, sino de mujer en situación de prostitución”, hablemos no de clientes, sino del prostituidor. Ahora es el momento de la reflexión y también de tomar una actitud activa sobre la explotación sexual de las mujeres y el negocio criminal de la industria del sexo. Con nuestro silencio, inactividad y desafección, estamos contribuyendo a que esta industria sexual sea más criminal y más rica si cabe”.

Si no pudiste asistir al encuentro realizado en Madrid el pasado 21 de mayo, podéis visualizar el acto en nuestro canal de youtube.

8M-Nuestras reivindicaciones en el Día Internacional de la Mujer

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, como cada año y con motivo del Día Internacional de la Mujer, ponemos de manifiesto nuestras reivindicaciones en el camino hacia la igualdad real y efectiva entre hombre y mujeres, todavía lejos de alcanzar.

Ahora más que nunca, cuando, desde diferentes ámbitos, los logros que creíamos alcanzados se están cuestionando, se hace necesario volver a la esencia y recordar algunos puntos fundamentales:

Violencia de género

Recordamos, en primer lugar, a las mujeres víctimas de la violencia machista. También a las y los menores, a menudo silenciados. En 2023 fueron 58 las mujeres asesinadas a causa de esta terrible violencia y 50 los hijos e hijas asesinadas por esta misma causa, desde 2013, en varios de estos casos la justicia había autorizado regímenes de visitas o visitas sin supervisión e incluso había denegado órdenes de protección, algo especialmente preocupante, pues pone de manifiesto fallos en el ámbito judicial a la hora de proteger a las víctimas de violencia de género.

Seguiremos trabajando por la erradicación de esta terrible e innegable forma de violencia, infligida a la mujer por el mero hecho de serlo y por el reconocimiento de un hecho irrefutable: el origen está en la desigualdad, en arraigadas creencias acerca de la inferioridad de las mujeres, en la esencia misma del sistema patriarcal.

Recordamos, para quien pueda necesitarlo, nuestro teléfono de atención a la mujer víctima de violencia de género: 900 100 009 

Abolición de la prostitución

Puesto que se trata de uno de los ejemplos más extremos de la violencia de género, reivindicamos, una vez más, la abolición de la prostitución. La igualdad real continuará siendo inalcanzable mientras los hombres compren y exploten a las mujeres.

Lejos de la utopía de la libre elección, lo cierto es que el mercado prostitucional se nutre de la trata de mujeres mediante estrategias de captación y coacción, aprovechando la vulnerabilidad económica de las mismas.

Necesitamos con urgencia una ley que desmantele la industria de la explotación sexual y desactive la demanda. Porque las mujeres no somos mercancía y nuestra libertad sexual no puede ser objeto de comercio jamás.

Abolición de los Vientres de Alquiler

Del mismo modo, afirmamos que el movimiento feminista no puede estar a favor de los vientres de alquiler pues esta práctica supone una nueva forma de mercantilización y cosificación del cuerpo de las mujeres, que siempre recae en perjuicio de aquellas más vulnerables y económicamente desfavorecidas.

Recordemos que no hay que confundir un pretendido ‘’derecho a ser padre’’,    -inexistente en nuestro sistema legal-, con el deseo de ser padres.

Seguiremos  defendiendo la abolición del alquiler de vientres a nivel internacional, porque supone un  intolerable abuso de los derechos humanos de las mujeres y sus criaturas.

Educación para la igualdad

Para alcanzar estos y otros objetivos, siempre destinados a la construcción de un mundo igualitario en el que las violencias machistas no tengan cabida, no solo defendemos, sino que trabajamos por la coeducación.

Nuestras jóvenes se enfrentan a nuevas formas de machismo, como el control a través de las redes sociales, la sextorsión y la captación en línea de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Las principales víctimas de estas nuevas formas de coacción en el ámbito de las relaciones afectivo sexuales suelen ser las adolescentes.

Además de promover relaciones igualitarias y sanas, libres de cualquier tipo de violencia, promovemos un uso adecuado de las tecnologías de la información. Podemos transformar la amenaza en oportunidad, a través del uso de estas herramientas para empoderarnos y sentirnos más seguras: grupos de apoyo en redes, apps de ayuda, información disponible y de fácil acceso en Internet, etc.

Seguimos en la lucha feminista

El feminismo dio sus primeros pasos hace más de 300 años y son muchas las mujeres que han sacrificado sus vidas en la lucha por la igualdad y la consecución de una sociedad más justa e igualitaria.

Hemos tenido que organizarnos para combatir el injusto orden establecido y no podemos permitir ni un paso atrás en los derechos que ya hemos conquistados.

Apoyamos la consecución de derechos de otros colectivos, como no podría ser de otra manera, pero, por todo lo anterior, pedimos se respeten las bases de la lucha feminista que está lejos de terminar. De este modo, reivindicamos el uso correcto del término género, utilizado históricamente para otorgar roles desiguales a través de los cuales se ha relegado a las mujeres a ámbitos menos reconocidos socialmente.

La agenda feminista continúa con su lista de tareas pendientes: erradicar la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones, conseguir los derechos sexuales y reproductivos, enfrentar la feminización de la pobreza o combatir la crisis de cuidados y lograr la conciliación laboral y personal…

El camino no es corto ni fácil, y el aprendizaje histórico nos ha demostrado que la confrontación interna lo dificulta aún más.

Por ello, este 8 de marzo, reivindicamos un movimiento feminista unido, tanto a nivel nacional como internacional, basado en el diálogo y el respeto.

Hoy más que nunca, Juntas Somos Más Fuertes

Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres

La CIMTM organiza la conferencia “Situación en Europa de la legislación abolicionista” 

La realidad de la prostitución y trata con fines de explotación sexual es diferente en cada país, así como su legislación. El próximo 12 de diciembre, desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres  hemos organizado un encuentro con Jonathan Machler, Director Ejecutivo de Coalición para la Abolición de la Prostitución, quien informará sobre la situación en Europa de la legislación abolicionista.

La trata con fines de explotación sexual afecta de forma abrumadora a mujeres y niñas y se dirige específicamente a los sectores más vulnerables de la sociedad. La violencia extrema de la trata con fines de explotación sexual no sólo es perpetrada por los traficantes que se lucran de la explotación sexual, sino sobre todo por quienes pagan para utilizar y abusar de las víctimas a través de la prostitución.  Si Europa pretende eliminar el tráfico sexual no puede permitir que aumente la demanda de violencia y explotación sexual.

Teniendo en cuenta el panorama actual de la Unión Europea, Jonathan Machler, Director Ejecutivo de CAP Internacional, como experto conocedor de la situación abolicionista a nivel internacional, hablará sobre los retos y avances de la Ley Abolicionista Francesa, promulgada en 2016 y actualmente cuestionada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el lobby reglamentarista, pese a que dicha ley ayuda cada año a más de 3000 personas en situación de prostitución en el territorio nacional, tal y como como destaca el informe FACT-S, redactado por un colectivo de asociaciones abolicionistas francesas.

Asimismo, Jonathan Machler hará un recorrido sobre la situación de los diferentes países de la Unión Europea y su legislación sobre prostitución y trata. 

Sobre la CAP

La Coalición para la Abolición de la Prostitución (CAP International) es un movimiento formado por organizaciones de base y lideradas por supervivientes unidas en torno a un objetivo común: la abolición de los sistemas de prostitución y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

A día de hoy, la Coalición incluye 35 organizaciones en 27 países. Entre ellas, la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres.

Encuentro en Madrid

Fecha y hora: 12/12/2023, a las 19 pm
Lugar: Instituto Internacional. Sala 101 (C. Miguel Ángel, 8, Madrid)

Reserva plaza

La CIMTM participa en el informativo especial de COPE Sevilla dedicado a la Prostitución

Esta semana, la Coordinadora de la CIMTM en la sede de Sevilla, Rocío Vidarte, ha intervenido en radio Cope Sevilla junto a tres integrantes más de la Mesa de Coordinación de entidades que trabajan con mujeres en situación de prostitución, trata y otras formas de explotación sexual (Rocío Maqueda, Remedios Rodríguez, María Pérez Lagares) y junto a la Delegada de Igualdad y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla, Isabel Macías, y la Directora del área de Igualdad del Ayuntamiento, Teresa García.

El informativo tuvo lugar el pasado miércoles 10 de mayo, en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, por el que se establece la necesidad de informar y sensibilizar a la sociedad para ayudar a la toma de conciencia sobre la magnitud de este problema.

El programa giró en torno a la realidad de la prostitución, cuya existencia constituye un claro atentado a la dignidad humana y a la integridad física, psicológica y sexual, siendo considerada la esclavitud del siglo XXI.

Si acudimos el Código Penal o cualquier otro texto oficial en España nos encontraremos con que la prostitución no está contemplada, no hay ningún artículo que la defina como una actividad económica legítimamente legal, ni tampoco lo contrario. Sin embargo, existen algunas menciones, dado que tres actividades íntimamente relacionadas con la prostitución sí que están expresamente prohibidas: el proxenetismo, la trata y la prostitución con menores.

A pesar de la ausencia de una legislación clara con respecto a la prostitución, se han implantado en España medidas, tanto a nivel estatal como local, para ayudar a las personas que se encuentran en situación de prostitución.

La regulación de la prostitución corresponde únicamente al estado, pero los ayuntamientos tienen competencias respecto a la ordenación del territorio y a la regulación de las actividades económicas, y por ello pueden poner ciertos límites y barreras al ejercicio de la prostitución, por ejemplo, pueden denegar las licencias a los locales de alterne donde se ejerza la prostitución o actividades relacionadas con ella.

Sevilla, referente en la política pública abolicionista de la prostitución

Mientras que otros municipios y provincias de España ignoran o no apuestan por políticas públicas que aborden el problema de la prostitución desde la postura abolicionista que requiere, existen casos como el del Ayuntamiento de Sevilla capital, pionero en España en llevar a cabo una política pública abolicionista de la prostitución y la explotación sexual, considerando que son instituciones patriarcales que materializan la violencia estructural que se ejerce contra las mujeres, sobre todo contra aquellas que se enfrentan a contextos socio-económicos y culturales donde el género, junto a otras situaciones de desigualdad social aumenta el riesgo de sufrir esta explotación.

La Delegada de Igualdad y Recursos Humanos del Ayuntamiento, explicó que desde la administración tienen muy claro que sin prostitución no hay trata. Por ello, entre otras cuestiones, Sevilla impone multas de entre 750 y 3000 euros a los “clientes de la prostitución callejera” desde el año 2011.

“En nuestra ciudad no hay un anuncio de prostitución, no hay vallas que anuncien ningún local de alterne, eso está prohibido gracias a la normativa municipal de Sevilla”  expresó la Directora del área de Igualdad del Ayuntamiento, Teresa García.

Al ser preguntada por las actuaciones que se llevan a cabo desde el Municipio, la directora aclaró que el trabajo del Ayuntamiento se complementa con el de las entidades que trabajan e intervienen con las mujeres en situación de prostitución.

El trabajo de la Mesa de Coordinación de Prostitución

En este sentido, juega un papel fundamental la Mesa de Coordinación de entidades que trabajan con mujeres en situación de prostitución, trata y otras formas de explotación sexual, compuesta por más de 20 asociaciones que se mencionan a lo largo del programa, y entre las que se encuentran Cruz Roja, AMUVI, Médicos del Mundo o esta Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, entre otras entidades, con las que se trabaja en red para ofrecer una intervención y atención integral a las mujeres que lo necesitan.

A lo largo del informativo serán Rocío Maqueda, Rocío Vidarte, Remedios Rodríguez, María Pérez Lagares, en representación de la Mesa de Coordinación de Prostitución de Sevilla, quienes expliquen los procedimientos de intervención en los distintos escenarios de prostitución, así como los principales obstáculos que encuentran en el día a día, y las principales reivindicaciones que claman desde las entidades que conforman la mesa.

Cabe destacar, que nuestra entidad cuenta con un centro de atención a la mujer en Sevilla, donde estamos a su disposición y ponemos todos nuestros recursos al alcance de las mujeres en situación de prostitución, en el marco del Programa Alternativa, subvencionado por la Delegación del Gobierno contra la violencia de género y en el marco del Programa Brújula, Proyecto subvencionado por la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria y cofinanciado por el FSE+


Puedes escuchar la entrevista completa en https://www.cope.es/emisoras/andalucia/sevilla-provincia/sevilla/audios/especial-informativos-cope-sevilla-prostitucion-20230510_2253665 

Puedes leer la noticia en este enlace https://www.cope.es/emisoras/andalucia/sevilla-provincia/sevilla/noticias/sevilla-una-ciudad-pionera-lucha-contra-prostitucion-20230519_2717536

La Delegada de Igualdad y Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla, Isabel Macías, la Directora del área de Igualdad de Igualdad del Ayuntamiento, Teresa García, junto a cuatro integrantes de la Mesa de Coordinación de Prostitución

Comparte este artículo y colabora con nosotras en la concienciación social de la violencia de género.

Las mujeres y las niñas no están en venta: ¡No a la despenalización del comercio sexual en Noruega!

Nuestra entidad entiende la Prostitución y la Trata de Mujeres con Fines de Explotación Sexual como dos fenómenos intrínsecamente unidos que afectan mayoritariamente a las mujeres que se encuentran en extremas situaciones de vulnerabilidad, en su mayoría, procedentes de países con mayores dificultades. La Prostitución, es un claro atentado a la dignidad humana, a la integridad física, psicológica y sexual, estando considerada la esclavitud del siglo XXI. Es por tanto la forma de violencia sexual más invisible que se ejerce contra las mujeres y por este motivo a través de nuestros Programas Alternativa y Brújula intervenimos con mujeres en situación de prostitución y les ofrecemos información sobre recursos y trámites, asesoramientos especializados, derivaciones y acompañamientos a recursos, servicios e instituciones.

Como organización firmemente abolicionista, hemos apoyado esta  petición para evitar la despenalización del comercio sexual en Noruega

Si tu también eres una organización que defiende los derechos humanos de las mujeres, puedes apoyar la petición en nombre de tu organización o a título personal en este enlace 

Nuestras aportaciones al Anteproyecto de Ley Orgánica Integral contra la Trata y la Explotación de seres humanos

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres consideramos pertinente realizar las siguientes modificaciones para mejorar el texto normativo y la aplicación material de la ley, especialmente las relativas a la explotación sexual:

Como cuestión preliminar, señalar que el anteproyecto de ley, en términos globales, nos resulta un tanto sorprendente y preocupante debido a diferentes cuestiones, referidas esencialmente al enfoque que se ha otorgado a la trata con fines de explotación sexual, (que es la trata con mayor prevalencia en nuestro país), y el espíritu abolicionista de esta organización, en el sentido que pasamos a exponer en este documento. Además, señalar que, no se debe olvidar que existe la trata con fines de explotación sexual porque existe la prostitución, por lo que es fundamental una normativa abolicionista con medidas efectivas que penalice a los responsables de dicha y proteja a las víctimas.

1. A lo largo de todo el texto normativo se constante referencia a “servicios sexuales” dentro de los diferentes fines que tiene la trata.

Desde esta organización consideramos que el término “servicios sexuales”, tiene una connotación íntimamente ligada al concepto de trabajo, – que no cabe en una línea abolicionista de la explotación sexual y la prostitución- por lo que entendemos que dicho término debería ineludiblemente ser sustituido por el de “explotación sexual” y/ o “prostitución”, en toda la ley. Expresión que más ajustada a la realidad y que supondría un verdadero posicionamiento político abolicionista.

2. Existe una ausencia general en todo el texto a la alusión de la pornografía especialmente en las medidas educativas, preludio del consumo de prostitución, que contribuye a la creación de relaciones sexuales violentas.

3. En relación a la DISPOSICIÓN FINAL CUARTA, relativa a la modificación del Código Penal.

Artículo 177 quater, que pretende penalizar o sancionar el uso de la explotación de la víctima.

Consideramos que la demanda de la explotación sexual – prostitución, constituye un papel esencial en la perpetuación del delito de trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.

En este sentido, consideramos que, aunque en el artículo 177 quater apartado 1, se hace referencia en primer momento a la penalización del consumo de los mal llamados “servicios, prestaciones o actividades”, más adelante, en el mismo art. 177 quarter apartado 3, se establece que “Quedará exento de pena quien, habiendo utilizado ocasionalmente los servicios, actividades o prestaciones de una víctima de los delitos previstos en el artículo 177 ter, denunciare el hecho a la autoridad”.

Así pues, esta excepción abre una vía clara a la impunidad de este tipo de conductas, al dejar al arbitrio de los tribunales, conceptos indeterminados y difíciles de probar como lo es la ocasionalidad versus la habitualidad. Máxime cuando los organismos que trabajamos en este ámbito somos conscientes de que los focos de trata y explotación migran constantemente de localización y no existen datos, estadísticas ni listas, que permitan evidenciar el uso que de la explotación realizada comete una misma persona/as.

Así pues sería necesario que se suprimiera esta excepción y en todo caso que se explique qué se entiende por el abstracto concepto de ocasionalidad y como se va a evidenciar la habitualidad. Todo ello so pena de que al final este artículo suponga una exención generalizada de los consumidores de prostitución.

4. Respecto al Título Preliminar.

Artículo 2, apartado d) Con respecto a la colaboración con países fronterizos, recogida en el art.2.d, solicitamos sea incorporada la expresión “que respeten los derechos humanos y en concreto los de las mujeres y niñas y eviten la externalización de fronteras”.

5. Artículo 3.2.  Solicitamos, además, introducir en la definición de explotación, los vientres de alquiler o explotación reproductiva. También se debe incluir en el art.177bis.

6. Respecto a las medidas sanitarias.

En las medidas sanitarias, se han de incorporar medidas específicas de formación a profesionales, para que puedan ser actores inmediatos, en la identificación de víctimas de trata con fines de explotación sexual.

En relación con las mismas medidas en el ámbito sanitario, es necesario incorporar un párrafo específico dentro del art.15 que establezca que “le corresponderá a las administraciones educativas competentes asegurarán que en los ámbitos curriculares de los grados, y en los programas de especialización de las profesiones sociosanitarias, se incorporen contenidos dirigidos a la capacitación para la prevención, la detección precoz, intervención y apoyo a las víctimas de trata con fines de explotación sexual”.

7. En el párrafo 4 del artículo 24, consideramos que se debe cambiar “podrá” por “deberá” quedando redactado de la siguiente forma:

A efectos del procedimiento de identificación formal previsto en la ley, el Mecanismo Nacional de Derivación deberá tener en cuenta los informes en materia socio-asistencial de las administraciones públicas competentes.

8. Rogamos especifiquen quién y cómo se formará la Unidad Multidisciplinar Identificación.

9. En relación al Título III. Derechos de las víctimas. Entre los derechos de las víctimas, encontramos el derecho a la formación.

Consideramos que este es un aspecto positivo, pero que para que fuera realmente efectivo, por lo menos en lo que se refiere a la trata con fines de explotación sexual y la prostitución, sería necesario incluir la formación con remuneración y acompañamiento psicológico. Pues en base a nuestra experiencia esta es la única vía de conseguir que las victimas de este tipo de trata salgan de las redes y de la explotación.

10. Es complejo y difícil ejecutar de forma material el art.46.6 que requiere la desvinculación de la víctima con la red para la reagrupación familiar, puesto que, diversos informes de instancias internacionales evidencian el papel que juegan las propias familias en la trata de mujeres y niñas. Es preocupante que no hay ningún tipo de reforma material en relación con la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social que mejore sustancialmente la situación de las víctimas de trata, en su mayoría indocumentadas.

11. En relación al Título VI. Cooperación Institucional e Internacional:

– En lo que se refiere a los planes de retorno, se debe tener en cuenta que en muchas ocasiones las víctimas de trata han sido engañadas o coaccionadas para viajar hasta España por una situación de vulnerabilidad en su país, por lo que en primer lugar se debe favorecer su integración en nuestro país, salvo que la víctima reclame volver a su país de origen.

– Además, no se recomienda hacer acuerdos bilaterales o de retorno con países considerados “no seguros” o países que vulneran gravemente los derechos de sus ciudadanos/as, ya que podría ponerse en grave riesgo la vida de la víctima.

– En cuanto al art. 71 Cooperación con embajadas y consulados, se debe revisar la aplicación de la ley de asilo 12/2009 en su artículo 38 que prevé que se puede solicitar protección internacional en las embajadas, pero es algo que no se lleva a la práctica, favoreciendo de este modo que las personas que necesitan migrar caigan en las redes de tráfico y trata ya que no tienen otra opción para llegar a Europa para solicitar protección internacional y salvar su vida de forma legal y segura. Para que las embajadas puedan colaborar en que no haya víctimas de trata, se debe comenzar por cumplir la ley y que se pueda pedir asilo en las mismas, como está contemplado.

Art.72. Cooperación con organismos y agencias internacionales en la persecución del delito, la cooperación con estas agencias debe condicionarse a que hagan una actuación acorde a los Derechos Humanos. Agencias como FRONTEX son empresas altamente militarizadas, enfocadas al control de las fronteras, como una fortaleza en lugar de como protección de los derechos de las personas migradas. FRONTEX tiene investigaciones abiertas por devoluciones en caliente, entre otras.

Por último, señalar que, sería adecuado cuantificar el coste aproximado de salida de las víctimas de la situación de explotación, tomando en consideración sus diferentes especificidades, puesto que este es un proceso complicado y de altos costes, que la Ley debe prever, tanto en el ámbito de la intervención social, como del necesario acompañamiento psico- terapéutico que requieren las víctimas, para poder lograr con éxito su reinserción laboral y social a todos los niveles.

Más de 200 organizaciones apoyan las propuestas de las supervivientes de la prostitución para la aprobación de la ley abolicionista en España

Las medidas abolicionistas registradas por asociaciones de supervivientes y de base en el Congreso de los Diputados han recibido un importante respaldo de la sociedad civil para la aprobación de la ley abolicionista en España. Hasta la fecha, han sumado la adhesión de 172 asociaciones y colectivos en España y otras 52 firmas internacionales.

Una llamada a los representantes políticos y a la sociedad civil

Esta iniciativa partió de la experiencia y las demandas de las propias mujeres supervivientes de la violencia del sistema prostitucional en nuestro país, del que han sido víctimas y a la vez testigos.

El documento fue elaborado y dirigido a todos los grupos parlamentarios por las asociaciones Las Independientes, Emargi, La Sur-Feminicidio.net, Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) y Acción contra la Trata (ACT), y se abrió a nuevas adhesiones de entidades de la sociedad civil. Entre las proponentes está la superviviente y escritora feminista Amelia Tiganus, quien ha denunciado estar sufriendo el acoso del lobby proxeneta.

Más de 225 organizaciones y plataformas suscriben las propuestas de enmiendas, redactadas sobre la ley abolicionista que se tramita actualmente en el Congreso, denominada Proposición de Ley Orgánica para prohibir el proxenetismo en todas sus formas.

En la lista, dirigida a los grupos parlamentarios el 30 de noviembre pasado en el Congreso, figuran entidades en contacto con las víctimas de la explotación sexual, colectivos feministas, académicos, profesionales y sociales: Docentes Profesionales Sanitarias Feministas, Asociación de Profesionales en Igualdad de Género (APIG), Feministas por la Coeducación (Dofemco), Mujeres Juristas Themis, Front Abolicionista del País Valenciá, Fórum de Política Feminista, Federación de Mujeres Jóvenes, Mujeres por la Paz, Federación de Mujeres Progresistas, Coalición Internacional Para la Abolición de la Explotación Reproductiva (CIAMS), Women’s Declaration International España, Red Académica Internacional de Estudios Sobre Prostitución y Pornografía, Asociación Española de Feministas Socialistas (FeMeS), Tertulia Feminista Les Comadres, Euskal Herriko Mugimendu Abolizionista (EHMA), Col·lectiu Feminista Victoria Sau o Feministes de Catalunya, entre otros.

Las propuestas han sumado firmas de diversos territorios del Estado: Euskadi, Catalunya, Castilla y León, Extremadura, Canarias, Andalucía, Comunidad Valenciana, Canarias, Asturias, Navarra, Cantabria o Galicia, destacando la adhesión de muchos colectivos Radfem. Se adhieren, asimismo, partidos políticos como la Chunta Aragonesista (CHA), el Partido Feminista de España y el Partido Feministas al Congreso.

Apoyos internacionales a las supervivientes

En el ámbito internacional, la llamada de las supervivientes cuenta con apoyos desde Alemania, Francia, Italia, Reino Unido, Bégica, Estados Unidos, Ucrania, Suiza y Nueva Zelanda; más numerosas firmas procedentes de América Latina: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Perú, Uruguay y Venezuela, una región del planeta donde el movimiento de las supervivientes está implicado en impulsar las políticas abolicionistas en España.

Así, entre las firmantes figuran la alemana Trauma and Prostitution o la estadounidense Prostitution Research & Education, dirigidas por influyentes abolicionistas globales. Las supervivientes han recibido también el apoyo de plataformas como Atlas Free, Coalition Against Trafficking in Women (CATW), Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC), Nordic Model Now! o The European Women’s Lobby.

Hacia la abolición del sistema prostitucional en España: una deuda histórica con las mujeres

El objetivo de esta iniciativa es reforzar y ampliar la actual propuesta de ley abolicionista con la experiencia de las organizaciones y el conocimiento de las realidades de la prostitución de quienes han sido víctimas directas. Tanto ellas como el movimiento feminista en España reclaman en todos los foros la necesidad de sancionar a los puteros como agresores sexuales, al ser los beneficiarios últimos de un sistema que hoy pone a su disposición mujeres para ser violadas por precio con toda impunidad. Consideran que la libertad sexual no puede ser legítimamente comprada.

El documento propone el reconocimiento de las víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista. Esta consideración, señalan, “traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución”.

Las proponentes consideran que es urgente la aprobación de esta ley abolicionista y que resulta imprescindible proporcionar permisos de residencia y de trabajo a las mujeres en prostitución que son inmigrantes y están en situación irregular, desde el momento de su reconocimiento como víctimas, y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo. Piden también la adición de artículos en la Ley, para la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, un elemento indispensable de las políticas abolicionistas del que el articulado que se tramita en la Cámara carece por completo.

 

Consulta la programación de talleres en el marco de nuestro Programa Brújula

El Programa Brújula de atención e intervención no residencial con mujeres en situación de prostitución, especialmente víctimas de trata con fines de explotación sexual, se desarrolla en nuestros Centros de Atención a la Mujer de Madrid, Sevilla, Pamplona y Bilbao.

El programa Brújula complementa al programa Alternativa, trabajando e interviniendo con las mujeres a medio y largo plazo, fuera de los escenarios de prostitución, donde ofrecemos apoyo profesional, intervenciones personalizadas en las áreas social, jurídica y psicológica. También se ofrecen e imparten talleres para la inserción social y laboral, de salud, jurídicos, de habilidades para la integración, cursos de castellano, etc.

Estos espacios cuentan con los recursos necesarios para ofrecer asesoramiento especializado respetando la intimidad de nuestras usuarias y los tiempos requeridos por cada una de ellas.

A continuación os dejamos la programación de los talleres que impartirán nuestras técnicas de intervención social en el centro de Atención a la Mujer de Madrid:

 

 

 

 

 

 

 

Malos tratos

Supervivientes de la prostitución y asociaciones proponen medidas abolicionistas en la ley española contra el proxenetismo

Las representantes de asociaciones de supervivientes y de base en el Congreso.

Asociaciones de base y de supervivientes de la prostitución han presentado a todos los grupos parlamentarios un documento con sus propuestas sobre la Proposición de Ley Orgánica para prohibir el proxenetismo en todas sus formas, que actualmente se tramita en el Congreso. La iniciativa ha sido registrada por las asociaciones Las Independientes, Emargi, La Sur-Feminicidio.net, Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) y Acción contra la Trata (ACT).

Las representantes de estos colectivos feministas acudieron el pasado 7 de octubre a la carrera de San Jerónimo para formalizar el registro. El momento de entrar en la sede de la Cámara baja con sus propuestas bajo el brazo fue vivido como un paso importante por las activistas abolicionistas, en especial por aquéllas que son hoy supervivientes de una forma extrema de violencia sobre las mujeres, como es la prostitución. Acudieron al acto Amelia Tiganus, por Emargi; Vanessa Silva y Kamila Ferreira por Las Independientes; Graciela Atencio por La Sur y María Barrones, por la CIMTM.

El objetivo de esta iniciativa es reforzar y ampliar la actual Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para prohibir el proxenetismo en todas sus formas, con la experiencia de las organizaciones y el conocimiento de las realidades de la prostitución de las supervivientes del sistema. Las firmantes reconocen, de un lado, el esfuerzo de las parlamentarias que promueven avances hacia la abolición de la prostitución en España, y de otro la necesidad de ampliar la Proposición de Ley, con el fin de dar una respuesta efectiva a las víctimas y avanzar hacia la erradicación de la prostitución.

La primera de estas propuestas se refiere a la lucha contra el proxenetismo, dado que las asociaciones y las supervivientes apuntan a que la mención “con ánimo de lucro y de manera habitual” en el articulado es poco concreta y puede suponer una vía de escape para los responsables.

Tanto las supervivientes como el movimiento feminista en España reclaman en todos los foros la necesidad de sancionar a los puteros, beneficiarios últimos de un sistema que hoy pone a su disposición mujeres para ser violadas por precio con toda impunidad.

En el segundo punto propuesto, acerca de las penas para los prostituidores, las supervivientes lo tienen claro: les corresponden sanciones penales como agresores sexuales, ya que la situación de prostitución no puede justificar que haya mujeres cuya libertad sexual tenga menor protección que la de las demás. Considerar que la libertad sexual no puede ser legítimamente comprada lleva necesariamente a conceptualizar la prostitución como una forma de violencia sobre las mujeres, y estas son las premisas que fundan la petición.

En tercer lugar, el documento propone el reconocimiento de las víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista, con el objetivo de lograr la máxima protección equiparable para ellas. Se propone este refuerzo conceptual y legal, sin perjuicio del desarrollo y aplicación de normas y políticas específicas sobre violencia sexual –como sí recoge la Proposición de Ley en trámite– como para las víctimas del sistema prostitucional, en su caso.

Tal como recoge el documento, la consideración como víctimas de violencia machista “traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución”.

Las representantes de asociaciones de supervivientes y de base, ante la fachada del Congreso.

Las proponentes consideran esencial para el impacto de la ley proporcionar a las mujeres en prostitución permisos de residencia y de trabajo desde el momento de su reconocimiento como víctimas, y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo. Por experiencia saben hasta qué punto la situación administrativa irregular impide a las mujeres avanzar en cualquier camino de restablecimiento personal tras la violencia sufrida.

Asociaciones y supervivientes piden también la adición de artículos en la Ley, para la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, un elemento imprescindible de las políticas abolicionistas del que el articulado que se tramita en la Cámara carece por completo. Proponen también la creación de una comisión de seguimiento con participación de expertas y supervivientes del movimiento abolicionista, así como un fondo económico de reparación para las víctimas.

Momento de la entrega del documento con las Propuestas abolicionistas en el Congreso, el pasado 7 de octubre. De izquierda a derecha: María Barrones, Kamila Ferreira, Amelia Tiganus, Graciela Atencio y Vanessa Silva.


TEXTO ÍNTEGRO DE LAS PROPUESTAS REGISTRADAS:

A todos los grupos parlamentarios

Propuestas de asociaciones de base y de las supervivientes de la prostitución sobre la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para prohibir el proxenetismo en todas sus formas.

El objetivo de este documento es reforzar y ampliar la citada Proposición de Ley con la experiencia de las organizaciones de base y el conocimiento de las realidades de la prostitución de las supervivientes del sistema prostitucional. Reconocemos los esfuerzos de las/os parlamentarias/os para avanzar en la lucha por la abolición de la prostitución y su compromiso de incluir a la sociedad civil en este proceso, a la vez que consideramos necesaria la ampliación en el periodo de enmiendas de la citada Proposición de Ley, con el fin de dar una respuesta efectiva a las víctimas y avanzar hacia la erradicación de la prostitución.

  • PRIMERA PROPUESTA:

Con respecto al punto Dos del Artículo Único, redactado en la Proposición de Ley en los siguientes términos:

“Dos. Se introduce un nuevo artículo 187 bis, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 bis. El que, con ánimo de lucro y de manera habitual, destine un inmueble, local o establecimiento, abierto o no al público, o cualquier otro espacio, a promover, favorecer o facilitar la prostitución de otra persona, aun con su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de dieciocho a veinticuatro meses, sin perjuicio de la clausura prevista en el artículo 194 de este Código.

La pena se impondrá en su mitad superior cuando la prostitución se ejerza a partir de un acto de violencia, intimidación, engaño o abuso de los descritos en el apartado 1 del artículo 187.»”

Proponemos la siguiente redacción:

“Dos. Se introduce un nuevo artículo 187 bis, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 bis. El que destine un inmueble, local o establecimiento, abierto o no al público, o cualquier otro espacio, a promover, favorecer o facilitar la prostitución de otra persona, aun con su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de dieciocho a veinticuatro meses, sin perjuicio de la clausura prevista en el artículo 194 de este Código.

La pena se impondrá en su mitad superior cuando la prostitución se ejerza a partir de un acto de violencia, intimidación, engaño o abuso de los descritos en el apartado 1 del artículo 187.»”

Justificación: proponemos la supresión de la mención “con ánimo de lucro y de manera habitual”, ya que consideramos que dificultará la lucha contra el proxenetismo. En efecto, el criterio del ánimo de lucro, por una parte, puede resultar difícil de probar y corre el riesgo de condicionar la penalización de los proxenetas al descubrimiento de los beneficios económicos derivados de la prostitución ajena.

Por otro lado, el criterio “de manera habitual” también corre el riesgo de dejar una vía de escape a los proxenetas, Éstos podrían adaptarse y evitar la responsabilidad legal favoreciendo los alquileres temporales, que ya son frecuentes, y desarrollar así la práctica de lo que se conoce como “prostitución 2.0”.

Asimismo, el concepto “habitual” resulta vago: ¿qué significa “de manera habitual”? ¿2 veces? ¿3 veces? ¿Más de una vez? Esta indeterminación jurídica puede dificultar la persecución de todas las formas de proxenetismo.

  • SEGUNDA PROPUESTA:

Con respecto al punto Tres del Artículo Único, redactado en la Proposición de Ley en los siguientes términos:

“Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 ter.

1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico, será castigado con multa de doce a veinticuatro meses.

2. En el caso de que la persona que presta el acto de naturaleza sexual fuese menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad, se impondrá la pena de prisión de uno a tres años y multa de veinticuatro a cuarenta y ocho meses.

3. En ningún caso será sancionada la persona que esté en situación de prostitución.»”

Proponemos la siguiente redacción:

“Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 ter.

1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación, será considerado coacción y castigado con multa de doce a veinticuatro meses.

2. En el caso de que la persona que presta el acto de naturaleza sexual fuese menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad, se impondrá la pena de prisión de uno a tres años y multa de veinticuatro a cuarenta y ocho meses.

3. En el caso de obtención de actos de naturaleza sexual mediante coacción económica u otras, será castigado con pena de prisión de dos a cuatro años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponderles por las agresiones sexuales cometidas sobre la persona prostituida.

4. En ningún caso será sancionada la persona que esté en situación de prostitución.»”

Justificación: proponemos la sanción con pena de prisión a los prostituidores o compradores de sexo, es decir, aquellos que convengan y lleven a cabo prácticas de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otras prestaciones no solo en el tipo agravado con víctimas menores o vulnerables, sino con todas las víctimas.

Esta sanción se justifica en el derecho a la libertad e indemnidad sexual de las víctimas, que imposibilita la validez de un consentimiento sexual bajo coacción económica u otras.

Es por tanto la compra de sexo una forma de violencia sexual, y por consiguiente una actuación constitutiva de delito contra la libertad sexual de la víctima. Se entiende como condición de vulnerabilidad la necesidad económica, de modo que la víctima no tiene alternativa real y efectiva para cubrir sus necesidades básicas o las de menores o personas dependientes a su cargo.

Se conoce la gran expansión de la trata con fines de explotación sexual en todos los países que han instaurado la prostitución como “actividad legal” (por ejemplo, Países Bajos o Alemania).

Los países que han admitido el “proxenetismo consentido” validan que la mujer pueda autorizar su explotación, lo cual es contrario a instrumentos internacionales (Explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género, Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014: apartados 1, 2, y 29) y al Pacto de Estado contra la Violencia de Género que contiene tres medidas muy claras para reducir la demanda de prostitución (Medidas de la mesa del Congreso 197, 198 y 199).

No puede obviarse que la prostitución, bajo el paraguas del “proxenetismo consentido”, afecta a mujeres sin recursos económicos y extraordinariamente vulnerables, y consentir el negocio constituye una protección del explotador que siempre se escudará en el “consentimiento” de la mujer.

Existe una clara vinculación entre el “proxenetismo consentido” y las mujeres en situación de pobreza, marginación y extremadamente vulnerables. Para erradicar la prostitución es necesario neutralizar al “cliente de la prostitución”.

Ningún instrumento internacional ni la normativa vigente en el Estado español reconoce el “trabajo sexual” ni este puede constituir un derecho.

  • TERCERA PROPUESTA:

Con respecto a la Disposición final primera, redactada en la Proposición de Ley en los siguientes términos:

“Disposición final primera. Reconocimiento del carácter de víctimas.

Se reconoce a todos los efectos la condición de víctimas directas del artículo 2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, a las personas que estén en situación de prostitución como consecuencia de las conductas previstas en el apartado 2 del artículo 187 y en el artículo 187 bis del Código Penal.

Estas personas gozarán igualmente de todos los derechos de asistencia integral que se reconozcan en la legislación sobre libertad sexual.”

Proponemos la siguiente redacción:

“Disposición final primera. Reconocimiento del carácter de víctimas.

Se reconoce a todos los efectos la condición de víctimas directas del artículo 2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, a las personas que estén en situación de prostitución como consecuencia de las conductas previstas en el Título VIII Delitos contra la libertad sexual, Capítulo V De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Estas personas gozarán igualmente de todos los derechos de asistencia integral que se reconozcan en la legislación sobre libertad sexual.

Se reconocen como víctimas de violencia machista o violencia de género a todas las mujeres y niñas en situación de prostitución, y les serán de aplicación todas las medidas legales destinadas a su protección integral.”

Justificación: proponemos el reconocimiento de las mujeres víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista. De modo que sean de aplicación para ellas, sin perjuicio de otras específicas, las protecciones y medidas recogidas no solo en la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, sino también en la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género, el Pacto de Estado contra la violencia de género y cualquier norma de nuestro ordenamiento jurídico que ampare a las víctimas de la violencia machista.

Esta propuesta se justifica en dos argumentos:

De un lado, lograr la máxima protección legal equiparable para las mujeres en situación de prostitución, gracias a la experiencia y normativa conseguida en nuestro país en la lucha contra la violencia machista. Así, si bien la citada Ley Orgánica 1/2004 fue redactada de forma restringida a la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja, la ratificación del Convenio de Estambul del Consejo de Europa en 2014 y las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 10/2022, implican la necesidad de consolidar una legislación con una interpretación de la violencia de género o violencia machista no restrictiva a un tipo de relación entre víctima y victimario.

De otro lado, la consideración como víctimas de violencia machista o violencia de género –entendida en esta acepción ampliada– traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución. Se justifica esta necesidad en la realidad de la existencia de un sistema prostitucional que actúa como una verdadera industria criminal basada en la explotación sexual de mujeres y niñas, cuya legitimación social es incompatible con el principio de igualdad entre los sexos que se predica en nuestra sociedad.

Incidimos especialmente en la necesidad de este reconocimiento con perspectiva de género para todo lo relativo a las víctimas en situación administrativa irregular, propiciada por la mecánica de actuación de las redes de tratantes y proxenetas. Es imprescindible para estas víctimas atender a sus derechos humanos por encima de normativas de inmigración, y proporcionarles permiso de residencia y de trabajo desde el momento de su reconocimiento como víctimas de violencia machista y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo.

Esta disposición es esencial para el impacto de la ley: un gran número de víctimas son extranjeras en situación irregular y la precariedad de su situación migratoria refuerza el dominio de los proxenetas sobre ellas y dificulta su salida de la prostitución.

  • CUARTA PROPUESTA:

Adición de artículos:

Adición de la creación de una Comisión mixta de seguimiento y evaluación de la aplicación de la Ley. Esta Comisión incluiría a parlamentarios/as, expertas/os abolicionistas y a mujeres supervivientes del sistema prostitucional. Como órgano consultivo, se reuniría al menos una vez al año y haría propuestas y recomendaciones para la buena implementación de la Ley. Lo que hemos aprendido de la experiencia de los países que han adoptado políticas abolicionistas es que la lucha por aplicar el modelo es al menos tan dura como la lucha por conseguir la Ley. Esta comisión sería una herramienta muy valiosa para apoyar una aplicación ambiciosa de la Ley.

Adición de la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, dirigidas a la sociedad en general y a los agentes implicados.

Adición de la creación de un Fondo Económico suficiente para cubrir las necesidades de las políticas de reparación y reinserción integral de las víctimas, con cargo a los Presupuestos Generales de Estado, para cuya dotación podría destinarse el valor de los bienes incautados a los delincuentes del sistema prostitucional.

PROPUESTAS

En Madrid, a 7 de octubre de 2022