Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
Como lleva siendo costumbre desde la convocatoria iniciada por el movimiento feminista latinoamericano en 1981 en memoria de las hermanas Mirabal, el 25 de Noviembre se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Esta señalada fecha hace referencia a un problema social estructural, que, como ya sabemos, no entiende de región, cultura, religión o grupo social específico. Tal y como señala la Organización de las Naciones Unidas, se estima que alrededor del 70% de las mujeres sufren violencia en el transcurso de su vida, es decir, 1 de cada 3 mujeres.
Son de sobra conocidas las exigencias y denuncias que la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres hace tanto a nivel regional y autonómico como estatal, con el objetivo de lograr un cambio social y cultural que permita alcanzar la igualdad de género y una sociedad libre de violencias. Es por esto que este año hemos decidido arrojar algo de luz sobre aquellos datos y cifras quizá no tan conocidos acerca de la violencia de género.
De los diversos tipos de violencia hacia mujeres y niñas que se pueden dar, la primera que viene a nuestra mente cuando abordamos este problema es la violencia en el ámbito de la pareja o expareja, que incluye sobre todo golpes (maltrato físico), insultos, humillaciones y/o amenazas (maltrato psicológico), y violaciones o abusos sexuales. Siendo supervivientes de esta violencia el 26% de las mujeres (de las que se tiene información) de 15 años o más, según ONU Mujeres.
De igual modo, denunciamos que en escasas ocasiones se tiene en cuenta la violencia económica del hombre sobre la mujer en el ámbito familiar, a pesar de estar reconocida como tal en el Convenio de Estambul. Existe una tolerancia absoluta ante el estereotipo sexista en el que el hombre ocupa el roll de “titular de hecho” y “ gestor” de los recursos familiares.
La violencia contra la mujer en números
Cabe tener en cuenta que, cuando observamos los datos a nivel mundial, dicha violencia no afecta de la misma manera y con las mismas consecuencias a mujeres de países y regiones de ingresos bajos y medios bajos, donde el porcentaje de mujeres supervivientes de violencia física y/o sexual es del 37%, dato que nos recuerda la importancia de abordar esta temática siempre desde una perspectiva interseccional.
En línea con estos datos, es importante destacar que menos del 40% de las mujeres que han experimentado violencia buscan algún tipo de ayuda. En caso de buscarla, la más habitual es la brindada por personas del círculo cercano, es decir, amistades y familiares, y un porcentaje mucho menor es aquel que recurre a instituciones formales (servicios de salud, policía, etc.), concretamente menos del 10%.
Tampoco podemos dejar de hablar de la trata con fines de explotación, ya sea sexual, laboral o de mendicidad. El Informe Mundial sobre la Trata de Personas de 2020, elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), estima que esta violencia, conocida como “la esclavitud del siglo XXI”, afecta en un 65% a mujeres y niñas en el mundo, siendo éstas en su mayoría destinadas a explotación de carácter sexual.
Además, situaciones convulsas, inestables y en las que se da un desplazamiento de personas, como la actual guerra de Ucrania, se convierten en caldo de cultivo para que los tratantes empleen el engaño, la intimidación o incluso el rapto para lograr el sometimiento de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Cabe destacar que no hay un perfil de víctimas de trata, aunque sí hay factores de vulnerabilidad que favorecen su existencia, como lo son encontrarse en situación de migración, el género, la edad, el tratarse de personas con necesidad de protección internacional, con discapacidad…
Mutilación Genital Femenina
Entre muchas otras violencias, debemos hacer mención a la Mutilación Genital Femenina (MGF), un tipo de violencia que comprende la mutilación parcial o total (dentro de los tres tipos que se dan) de los genitales femeninos externos por motivos no médicos. Esta práctica carece de beneficios para la salud y acarrea a mujeres y niñas daños tanto físicos como mentales, sobre todo teniendo en cuenta que es perpetrada generalmente por miembros de la comunidad o incluso de la propia familia por motivos culturales y/o religiosos.
Según datos de UNICEF, al menos 200 millones de mujeres y niñas han sufrido la mutilación genital femenina, siendo en su mayoría cortadas antes de cumplir los 5 años. Si bien es cierto que esta práctica se da sobre todo en África, se estima que está presente en los 5 continentes, sobre todo debido a los movimientos migratorios y la globalización acaecida en las últimas décadas. Las personas migran llevando sus culturas y tradiciones, hoy lo local es global y la MGF está en diáspora.
Teniendo en cuenta todas las cifras mostradas en el artículo, creemos que no es necesario recalcar el porqué de la importancia de colaborar por la igualdad y condenar todas y cada una de las formas y expresiones de la violencia de género.
¿Qué reivindicamos de nuestra entidad?
1. El principio inspirador de la actuación de la Administración de Justicia y de la interpretación y aplicación de la Ley en todos los ámbitos, debe siempre ser el de hacer justicia con perspectiva de género.
2. Se debe continuar incidiendo en la Formación y especialización, tanto en la rama penal como en la civil relacionadas con la Violencia de género, de los profesionales de la Administración de Justicia. Se necesita que la formación en Género sea obligatoria para el acceso a la carrera judicial y con mayor contenido curricular cuando se trate del acceso a destinos en Juzgados especializados en Violencia Contra la mujer.
3. Necesidad de dotar a la Administración de Justicia de recursos económicos y personales, que eviten la Violencia institucional sufrida por males como son la lentitud de los procesos, insuficiencia de profesionales y equipos multidisciplinares para la elaboración de los informes psico- sociales.
4. En cuanto a la reparación del daño es importante que las indemnizaciones sean adecuadas a las agresiones sufridas.
5. Consideramos necesario la realización de un diagnóstico de las resoluciones judiciales condenatorias y las indemnizaciones acordadas en casos de Violencia de genero incluida la violencia sexual a fin de valorar como se está actuando en cuanto a:
• Reparación del daño físico, psicológico y moral.
• Criterios para su valoración.
• Seguimiento de su cumplimiento. Pues nos preocupa especialmente que en muchos casos el responsable se declara insolvente y no existe responsabilidad subsidiaria por parte del estado , de forma que finalmente no se cumple la reparación del daño en su vertiente indemnizatoria.
6. Los tribunales no cuentan con las organizaciones especializadas de la Sociedad Civil. De hecho, en nuestra experiencia práctica observamos que se minusvaloran los informes de las organizaciones especializadas y en la mayor parte de los casos prevalecen exclusivamente los informes elaborados por los propios profesionales del equipo psico social o forense del Juzgado.
7. En cuanto a la violencia ejercida por medio de las redes y en especial la la pornografía, habría que empezar por concienciar al legislador del mensaje que se transmite por medio de la pornografía y las consecuencias que tiene para nuestra sociedad la normalización de las relaciones donde la mujer no deja de ser un mero objeto de satisfacción al servicio del hombre.
8. Respecto a la normativa actualmente existente, seguiremos insistiendo en la necesidad de dar cumplimiento al Pacto de Estado y proceder a la aprobación de una legislación abolicionista del sistema prostitucional con todas las reformas normativas que ello conlleva, incluida la reforma del Código Penal, la Ley de extranjería y demás relacionadas con dicha materia.