La propuesta de directiva sobre violencia de género de la UE: una oportunidad histórica para la defensa de los derechos de las mujeres y niñas

22 de mayo de 2023.- A la luz de los debates políticos que se están llevando a cabo en seno del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea sobre la propuesta de Directiva relativa a la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, instamos a España y al resto de Estados Miembros de la UE a que hagan de Europa un lugar seguro para todas las mujeres y niñas, y adopten y mejoren rápidamente esta propuesta de directiva a escala de la UE.

La urgencia del problema debería ser bien conocida por todos los Estados miembros, y especialmente por el Estado Español, ya que no hay un solo país de la UE en el que las mujeres y las niñas estén libres de violencia. La violencia contra las mujeres y las niñas no tiene fronteras: es la violación más generalizada de los derechos humanos de las mujeres y tiene repercusiones para toda la vida en la salud física y mental de las mujeres.

La violencia contra las mujeres y las niñas amenaza la seguridad de la mitad de la población de la UE y no puede haber paz y seguridad mientras las mujeres teman por su vida e integridad sexual. Según datos de la Macroencuesta de violencia contra la mujer más reciente, 1 de cada 2 mujeres residentes en España de 16 o más años han sufrido violencia a lo largo de sus vidas. El 40,4% de estas mujeres han sufrido acoso sexual en algún momento de sus vidas. El 99,6% de las mujeres que han sufrido violencia sexual experimentaron esta por parte de un agresor hombre. Además, la gran mayoría de las mujeres que han sufrido una violación no han buscado ayuda formal tras lo sucedido.

Lamentablemente, las estadísticas de la UE en su conjunto no muestran una realidad muy diferente a la española. Por primera vez en una década, las desigualdades de género han aumentado, según el Índice de Igualdad de Género EIGE 2022, y en Europa cada semana mueren al menos 50 mujeres a causa de la violencia machista.

La propuesta publicada por la Comisión Europea es un gran paso y una oportunidad clave:

La propuesta publicada por la Comisión Europea es un gran paso y una oportunidad clave: establece un conjunto completo de normas que abordan el persistente problema de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica y responden a las necesidades específicas de sus víctimas. No existe ningún impedimento legal para adoptar, sin demora, un instrumento vinculante para todos los Estados Miembros de la UE que permita prevenir y combatir de manera eficaz la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.

Concretamente, desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres y  el Lobby Europeo de Mujeres en España,  como integrantes del European Women’s Lobby, instamos al Gobierno de España a que aproveche el ejercicio de la presidencia del Consejo de la UE que le corresponde durante la segunda mitad del año 2023 para enviar un mensaje político contundente y confirme su compromiso de adoptar rápidamente esta Directiva, incluidos todos los aspectos de la explotación sexual.

La violación y la mutilación genital femenina, deben tipificarse como delitos sobre la base del eurodelito de explotación sexual de mujeres y niños (artículo 83, apartado 1, del TFUE), tal y como ha propuesto la Comisión Europea. Se trata de dos pilares fundamentales y elementos clave de la Directiva. Sin la inclusión de estos delitos de explotación sexual, la efectividad Directiva quedará inadmisiblemente reducida.

España tiene una oportunidad histórica de contribuir a poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas en la UE, incluidas todas las formas de explotación sexual y ciberviolencia. Y es por esto que desde el Lobby Europeo de Mujeres en España y la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres iniciamos hoy, de la mano del European Women’s Lobby, una campaña que pretende concienciar a la clase política y las instancias gubernamentales de la importancia de participar activamente en esta lucha.

Entrevistamos a Rosen Hicher y Frédéric Boisard: «La prostitución es algo que destruye física y psicológicamente, que pone en peligro a diario y que nunca deja estar tranquila y feliz»

La Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres organizó el pasado 21 de febrero, un encuentro con Frédéric Boisard y Rosen Hicher sobre los cursos de sensibilización dirigidos a prostituidores, previstos por la Ley Francesa contra el Sistema Prostitucional.

Frédéric Boisard y Rosen Hicher concedieron a la CIMTM una entrevista previa a la conferencia, en la que aprovechamos para preguntarles sobre el impacto que genera en los prostituidores los cursos que imparten a través de la Fondation Scelles. 

Frédéric nos explica que con estos cursos, previstos por la ley Francesa, se produce un antes y después en la actitud de los puteros,  “suelen llegar con actitud defensiva y chulesca, y en algunas ocasiones, se van tomando conciencia».

Además, añade Rosen, el curso les hace tomar conocimiento de la realidad para que no puedan decir que desconocían la situación que tenían las mujeres.

En base a la experiencia de Frédéric y Rosen, por norma general, «son los jóvenes quienes más terminan comprendiendo y dándose cuenta del daño que hacen a las mujeres, los que son muy mayores son los que difícilmente entran en razón» aclaran.

Estos sentimientos de “vergüenza” suele darse sobre todo en aquellos que tienen hijas, ya que empatizan más al decirles si querrían que sus hijas estuvieran en esa situación.

Rosen Hicher nos cuenta que, «al preguntar a los puteros  si saben cuándo una mujer ha sido coaccionada para estar en esa situación, reconocen que no se preocupan por saberlo y que no podrían diferenciarlo (lo que desmonta su argumento de que solo van con mujeres que son “libres”), enfatiza la activista abolicionista.

Rosen Hicher fue agredida sexualmente y explotada desde niña, pasando después por 15 años de matrimonio con mucha violencia y agresiones y posteriormente cayendo en el sistema prostitucional durante 22 años.

En esta entrevista le preguntamos,  qué le diría a las mujeres que todavía piensan que la prostitución es un trabajo como otro cualquiera, y su respuesta fue tajante: 

“Les diría que no es un trabajo, es algo que destruye físicamente y psicológicamente, que te pone en peligro a diario y que nunca se puede llegar a estar tranquila y feliz».

En este sentido, Hicher quiso destacar las consecuencias que tiene para la salud “el ejercicio” de la prostitución, “las secuelas en la salud son enormes. A nivel físico todas sufren desgarros anales y vaginales además de múltiples enfermedades de transmisión sexual. Estando en esta situación es muy difícil tener una relación normal tanto a nivel afectivo como con la propia familia ya que siempre se trata de ocultar esta situación”, puntualiza.

Otro punto importante es que, «para poder soportar esta situación, lo más habitual sea el consumo de drogas y alcohol ya que si no es difícil que el cuerpo lo aguante. El cuerpo como acto de “supervivencia” se “cierra” y sin consumo de estas sustancias no sería posible aguantar tantos “actos” sexuales en un mismo día», explica la superviviente de prostitución.

Frederic Boisard nos detalla qué les dice a los responsables de que la prostitución siga existencia a día de hoy (los puteros):

“A los prostituidores se les explica que las mujeres en situación de prostitución, sea cual sea su recorrido, siempre tienen alguna situación de vulnerabilidad. Muchas de ellas son víctimas de violencia en su infancia. En nuestros cursos, interviene Rosen, junto con más  supervivientes y son ellas mismas quienes les explican toda su historia para que comprendan cómo llegan a esa situación «.

Boisard denuncia que la situación de vulnerabilidad que viven las mujeres son mantenidas y aumentadas por los proxenetas y financiadas por los puteros.

Terminamos la entrevista preguntándoles a ambos si consideran que el movimiento abolicionista ha logrado avanzar en los últimos años o si notan un retroceso:

Según Frederic “el movimiento abolicionista sigue creciendo aunque aún falta mucho por hacer. Por ejemplo, aunque en Francia la ley entró en vigor en 2016, es una lucha continua que no se puede abandonar, tanto para que no desaparezca, ya que hay mucha presión por parte del lobby proxeneta, como para que se implemente y sea efectiva en la práctica (y no solo en la teoría).

Rosen Hicher: “Los proxenetas y los prostituidores siguen presionando y buscan la forma de evadir la ley, por lo que no se puede parar. Hay que continuar sensibilizando y educando para que no haya retroceso en los derechos y protección de las mujeres”.

Puedes ver el encuentro organizado por la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, con Fréderic Boisard y Rosen Hicher, sobre los cursos para la responsabilización de los prostituidores, pulsando sobre la siguiente imagen o en este enlace.

“Educar en igualdad puede salvar vidas” campaña de la CIMTM contra la violencia hacia las Mujeres

En los últimos años el porcentaje de mujeres jóvenes que se consideran feministas ha aumentado considerablemente (del 46,1% al 67,1%), sin embargo, el creciente negacionismo de la violencia machista entre los adolescentes es alarmante: uno de cada cinco chicos adolescentes cree que la violencia de género no existe y que es solo un «invento ideológico» (Barómetro Juventud y Género 2021).

Por este motivo, la CIMTM lanza, en el marco del 8M, una campaña de sensibilización con la que reivindica la necesidad de educar en igualdad en todas las etapas educativas, para erradicar la violencia contra las Mujeres y contrarrestar los discursos negacionistas.

La campaña se basa en el informe del Instituto de las Mujeres “Sexualidad de las mujeres jóvenes en el contexto español. Percepciones subjetivas e impacto de la formación” corroborado con los datos extraídos del informe publicado por la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres en 2020, «Vivencias, actitudes y percepciones sobre la violencia de género en adolescentes de la Comunidad de Madrid» derivado de la experiencia de impartir formaciones para la prevención de la violencia machista con adolescentes de distintos centros educativos de la comunidad de Madrid.

Este último informe destaca que:

  • Un 29% de chicas consideran habitual que “cuando alguna amiga está bebida, intenten besarla o hacer algo con ella”.
  • Un 37% de chicos consideran que no es violencia de género apoderarse de la contraseña de la otra persona para ver con quien habla.
  • Un 70% de mujeres dice que sus amigas prefieren volver acompañadas a casa, poniendo de manifiesto que la calle ya no es considerada como un espacio de socialización seguro.
  • El 69% de adolescentes de la Comunidad de Madrid cree que la violencia de género la sufren mujeres y hombres indistintamente.

Sin embargo, para reivindicar la necesidad de educar en igualdad, la Comisión no solo ha querido poner el foco en los datos que reflejan la persistencia de la violencia contra las mujeres, sino en las historias reales que se esconden tras las cifras y porcentajes reflejadas a través de diferentes láminas recogidas en su exposición “La adolescencia ante la violencia machista”; pues son esos testimonios sobre acoso callejero, celos, control y violencia por parte de la pareja, los que se pretenden evitar y erradicar a través de la Coeducación.

Desde la organización se alerta de que, la falta de sensibilización y de formación afectivo-sexual lleva a los adolescentes a educarse con materiales sexistas y violentos entre ellos la pornografía, que perpetúan la cultura de la violación.

Por este motivo, desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres se defiende la necesidad de reforzar políticas de formación en prevención de la violencia contra la mujer en las aulas y son los propios alumnos y alumnas quienes solicitan educación en materia de violencia machista después de recibir sus acciones formativas (un 54% del alumnado).

Educar en igualdad puede salvar las vidas de generaciones de mujeres, comparte la campaña de la CIMTM y colabora en la sensibilización social ante la violencia machista:


Además de ofrecer formación en materia de violencia de género a profesionales y centros educativos, la CIMTM cuenta con recursos de intervención para mujeres jóvenes, a través de su Programa Fortaleza, llamando al 900 100 009.

**Campaña de sensibilización financiada por el Ministerio de Igualdad, en el marco del Programa 10 en Igualdad

Encuentro con la escritora Kajsa Ekis Ekman

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres les invitamos al acto organizado con la periodista y escritora sueca Kajsa Ekis Ekman, que tendrá lugar el próximo martes 31 de enero, a las 18H, sobre la necesidad de sanción al cliente de la prostitución “(el putero)”.

En estos momentos se halla en el Congreso de los Diputados, en la Comisión de Justicia para su debate, una ley por la que se sanciona el proxenetismo en todas sus formas, la tercería locativa, así como se prevé la sanción “al que recurra a actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación económica” (Putero).

Por todo lo anterior, nos parece que es un momento idóneo para abordar este tema tan debatido y en este sentido, la intervención de la periodista, feminista abolicionista sueca, es de gran interés, ya que Suecia en 1999 fue pionera en la sanción al putero.

 

Para asegurar tu plaza rellena este formulario 

La CIMTM participa en el primer Título de Experto/a en Prevención de los Efectos de la Pornografía en la Salud Afectivo-sexual

La Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres colabora con la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid en la impartición de su primer Título de Experto/a en Prevención de los Efectos de la Pornografía en la Salud Afectivo-Sexual. La URJC será la primera universidad pública que ofrezca formación en esta materia en España.

El consumo masivo de pornografía –repleta de prácticas sexuales violentas contra las mujeres– por parte de menores, adolescentes y adultos es determinante en la construcción del deseo sexual, y las relaciones sexuales.

Sobran razones basadas en datos para mostrar una creciente preocupación en relación a los delitos relacionados con la violencia sexual: según el Balance de Criminalidad del Ministerio del Interior, en el primer trimestre de 2022 se dio un incremento de más del 20% en estos delitos, casi un 80% más en ocho años, y la mitad de las víctimas de todos los delitos sexuales eran menores de edad.

Al pensar en las cusas, diversos informes informan apunta en la misma dirección: por una parte las graves carencias de formación en materia sexual y, por otra, el consumo en Internet de pornografía a edades muy tempranas.

Este título, que se pondrá en marcha en formato online en febrero de 2023, viene a responder a la demanda urgente de formación en materia de violencia contra la mujer y salud afectivo-sexual, por parte de familias y profesionales. En este sentido, la CIMTM cuenta con una larga trayectoria en la formación a profesionales para la prevención e identificación de todas las formas de violencia contra las mujeres

Por tanto, el objetivo principal será proporcionar a los y las profesionales herramientas de prevención e intervención al respecto del consumo de pornografía en los más jóvenes, logrando evitar así futuros problemas de salud mental y sexual y saber cómo actuar ante agresiones machistas.

El título de Experto/a en Prevención de los Efectos de la Pornografía en la Salud Afectivo-sexual, de 60 h de duración, se imparte en modalidad virtual síncrona dos tardes en semana. 

Importe del curso: 494 euros 

El Plazo de preinscripción estará abierto hasta el 26/01/2023 a través de este enlace.

Puedes consultar más información en el este enlace

 

Nuestras aportaciones al Anteproyecto de Ley Orgánica Integral contra la Trata y la Explotación de seres humanos

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres consideramos pertinente realizar las siguientes modificaciones para mejorar el texto normativo y la aplicación material de la ley, especialmente las relativas a la explotación sexual:

Como cuestión preliminar, señalar que el anteproyecto de ley, en términos globales, nos resulta un tanto sorprendente y preocupante debido a diferentes cuestiones, referidas esencialmente al enfoque que se ha otorgado a la trata con fines de explotación sexual, (que es la trata con mayor prevalencia en nuestro país), y el espíritu abolicionista de esta organización, en el sentido que pasamos a exponer en este documento. Además, señalar que, no se debe olvidar que existe la trata con fines de explotación sexual porque existe la prostitución, por lo que es fundamental una normativa abolicionista con medidas efectivas que penalice a los responsables de dicha y proteja a las víctimas.

1. A lo largo de todo el texto normativo se constante referencia a “servicios sexuales” dentro de los diferentes fines que tiene la trata.

Desde esta organización consideramos que el término “servicios sexuales”, tiene una connotación íntimamente ligada al concepto de trabajo, – que no cabe en una línea abolicionista de la explotación sexual y la prostitución- por lo que entendemos que dicho término debería ineludiblemente ser sustituido por el de “explotación sexual” y/ o “prostitución”, en toda la ley. Expresión que más ajustada a la realidad y que supondría un verdadero posicionamiento político abolicionista.

2. Existe una ausencia general en todo el texto a la alusión de la pornografía especialmente en las medidas educativas, preludio del consumo de prostitución, que contribuye a la creación de relaciones sexuales violentas.

3. En relación a la DISPOSICIÓN FINAL CUARTA, relativa a la modificación del Código Penal.

Artículo 177 quater, que pretende penalizar o sancionar el uso de la explotación de la víctima.

Consideramos que la demanda de la explotación sexual – prostitución, constituye un papel esencial en la perpetuación del delito de trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.

En este sentido, consideramos que, aunque en el artículo 177 quater apartado 1, se hace referencia en primer momento a la penalización del consumo de los mal llamados “servicios, prestaciones o actividades”, más adelante, en el mismo art. 177 quarter apartado 3, se establece que “Quedará exento de pena quien, habiendo utilizado ocasionalmente los servicios, actividades o prestaciones de una víctima de los delitos previstos en el artículo 177 ter, denunciare el hecho a la autoridad”.

Así pues, esta excepción abre una vía clara a la impunidad de este tipo de conductas, al dejar al arbitrio de los tribunales, conceptos indeterminados y difíciles de probar como lo es la ocasionalidad versus la habitualidad. Máxime cuando los organismos que trabajamos en este ámbito somos conscientes de que los focos de trata y explotación migran constantemente de localización y no existen datos, estadísticas ni listas, que permitan evidenciar el uso que de la explotación realizada comete una misma persona/as.

Así pues sería necesario que se suprimiera esta excepción y en todo caso que se explique qué se entiende por el abstracto concepto de ocasionalidad y como se va a evidenciar la habitualidad. Todo ello so pena de que al final este artículo suponga una exención generalizada de los consumidores de prostitución.

4. Respecto al Título Preliminar.

Artículo 2, apartado d) Con respecto a la colaboración con países fronterizos, recogida en el art.2.d, solicitamos sea incorporada la expresión “que respeten los derechos humanos y en concreto los de las mujeres y niñas y eviten la externalización de fronteras”.

5. Artículo 3.2.  Solicitamos, además, introducir en la definición de explotación, los vientres de alquiler o explotación reproductiva. También se debe incluir en el art.177bis.

6. Respecto a las medidas sanitarias.

En las medidas sanitarias, se han de incorporar medidas específicas de formación a profesionales, para que puedan ser actores inmediatos, en la identificación de víctimas de trata con fines de explotación sexual.

En relación con las mismas medidas en el ámbito sanitario, es necesario incorporar un párrafo específico dentro del art.15 que establezca que “le corresponderá a las administraciones educativas competentes asegurarán que en los ámbitos curriculares de los grados, y en los programas de especialización de las profesiones sociosanitarias, se incorporen contenidos dirigidos a la capacitación para la prevención, la detección precoz, intervención y apoyo a las víctimas de trata con fines de explotación sexual”.

7. En el párrafo 4 del artículo 24, consideramos que se debe cambiar “podrá” por “deberá” quedando redactado de la siguiente forma:

A efectos del procedimiento de identificación formal previsto en la ley, el Mecanismo Nacional de Derivación deberá tener en cuenta los informes en materia socio-asistencial de las administraciones públicas competentes.

8. Rogamos especifiquen quién y cómo se formará la Unidad Multidisciplinar Identificación.

9. En relación al Título III. Derechos de las víctimas. Entre los derechos de las víctimas, encontramos el derecho a la formación.

Consideramos que este es un aspecto positivo, pero que para que fuera realmente efectivo, por lo menos en lo que se refiere a la trata con fines de explotación sexual y la prostitución, sería necesario incluir la formación con remuneración y acompañamiento psicológico. Pues en base a nuestra experiencia esta es la única vía de conseguir que las victimas de este tipo de trata salgan de las redes y de la explotación.

10. Es complejo y difícil ejecutar de forma material el art.46.6 que requiere la desvinculación de la víctima con la red para la reagrupación familiar, puesto que, diversos informes de instancias internacionales evidencian el papel que juegan las propias familias en la trata de mujeres y niñas. Es preocupante que no hay ningún tipo de reforma material en relación con la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social que mejore sustancialmente la situación de las víctimas de trata, en su mayoría indocumentadas.

11. En relación al Título VI. Cooperación Institucional e Internacional:

– En lo que se refiere a los planes de retorno, se debe tener en cuenta que en muchas ocasiones las víctimas de trata han sido engañadas o coaccionadas para viajar hasta España por una situación de vulnerabilidad en su país, por lo que en primer lugar se debe favorecer su integración en nuestro país, salvo que la víctima reclame volver a su país de origen.

– Además, no se recomienda hacer acuerdos bilaterales o de retorno con países considerados “no seguros” o países que vulneran gravemente los derechos de sus ciudadanos/as, ya que podría ponerse en grave riesgo la vida de la víctima.

– En cuanto al art. 71 Cooperación con embajadas y consulados, se debe revisar la aplicación de la ley de asilo 12/2009 en su artículo 38 que prevé que se puede solicitar protección internacional en las embajadas, pero es algo que no se lleva a la práctica, favoreciendo de este modo que las personas que necesitan migrar caigan en las redes de tráfico y trata ya que no tienen otra opción para llegar a Europa para solicitar protección internacional y salvar su vida de forma legal y segura. Para que las embajadas puedan colaborar en que no haya víctimas de trata, se debe comenzar por cumplir la ley y que se pueda pedir asilo en las mismas, como está contemplado.

Art.72. Cooperación con organismos y agencias internacionales en la persecución del delito, la cooperación con estas agencias debe condicionarse a que hagan una actuación acorde a los Derechos Humanos. Agencias como FRONTEX son empresas altamente militarizadas, enfocadas al control de las fronteras, como una fortaleza en lugar de como protección de los derechos de las personas migradas. FRONTEX tiene investigaciones abiertas por devoluciones en caliente, entre otras.

Por último, señalar que, sería adecuado cuantificar el coste aproximado de salida de las víctimas de la situación de explotación, tomando en consideración sus diferentes especificidades, puesto que este es un proceso complicado y de altos costes, que la Ley debe prever, tanto en el ámbito de la intervención social, como del necesario acompañamiento psico- terapéutico que requieren las víctimas, para poder lograr con éxito su reinserción laboral y social a todos los niveles.

Apoyamos el Informe Sombra CEDAW 2022

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, apoyamos el Informe Sombra elaborado por la Plataforma CEDAW-Estambul-Beijing, de la que formamos parte, y compartimos su contenido a fin de recabar más firmas y apoyo al mismo, antes del próximo 2 de diciembre de 2022.

Podéis leer el informe en el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1BingNpuybEvGGLJ0__sSL35GztJRxXYT/view?usp=sharing

Puedes apoyar y firmar el informe aquí 

Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

Como lleva siendo costumbre desde la convocatoria iniciada por el movimiento feminista latinoamericano en 1981 en memoria de las hermanas Mirabal, el 25 de Noviembre se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

Esta señalada fecha hace referencia a un problema social estructural, que, como ya sabemos, no entiende de región, cultura, religión o grupo social específico. Tal y como señala la Organización de las Naciones Unidas, se estima que alrededor del 70% de las mujeres sufren violencia en el transcurso de su vida, es decir, 1 de cada 3 mujeres.

Son de sobra conocidas las exigencias y denuncias que la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres hace tanto a nivel regional y autonómico como estatal, con el objetivo de lograr un cambio social y cultural que permita alcanzar la igualdad de género y una sociedad libre de violencias. Es por esto que este año hemos decidido arrojar algo de luz sobre aquellos datos y cifras quizá no tan conocidos acerca de la violencia de género.

De los diversos tipos de violencia hacia mujeres y niñas que se pueden dar, la primera que viene a nuestra mente cuando abordamos este problema es la violencia en el ámbito de la pareja o expareja, que incluye sobre todo golpes (maltrato físico), insultos, humillaciones y/o amenazas (maltrato psicológico), y violaciones o abusos sexuales. Siendo supervivientes de esta violencia el 26% de las mujeres (de las que se tiene información) de 15 años o más, según ONU Mujeres.

De igual modo, denunciamos que en escasas ocasiones se tiene en cuenta la violencia económica del hombre sobre la mujer en el ámbito familiar, a pesar de estar reconocida como tal en el Convenio de Estambul. Existe una tolerancia absoluta ante el estereotipo sexista en el que el hombre ocupa el roll de “titular de hecho” y “ gestor” de los recursos familiares.

La violencia contra la mujer en números

Cabe tener en cuenta que, cuando observamos los datos a nivel mundial, dicha violencia no afecta de la misma manera y con las mismas consecuencias a mujeres de países y regiones de ingresos bajos y medios bajos, donde el porcentaje de mujeres supervivientes de violencia física y/o sexual es del 37%, dato que nos recuerda la importancia de abordar esta temática siempre desde una perspectiva interseccional.

En línea con estos datos, es importante destacar que menos del 40% de las mujeres que han experimentado violencia buscan algún tipo de ayuda. En caso de buscarla, la más habitual es la brindada por personas del círculo cercano, es decir, amistades y familiares, y un porcentaje mucho menor es aquel que recurre a instituciones formales (servicios de salud, policía, etc.), concretamente menos del 10%.

Tampoco podemos dejar de hablar de la trata con fines de explotación, ya sea sexual, laboral o de mendicidad. El Informe Mundial sobre la Trata de Personas de 2020, elaborado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), estima que esta violencia, conocida como “la esclavitud del siglo XXI”, afecta en un 65% a mujeres y niñas en el mundo, siendo éstas en su mayoría destinadas a explotación de carácter sexual.

Además, situaciones convulsas, inestables y en las que se da un desplazamiento de personas, como la actual guerra de Ucrania, se convierten en caldo de cultivo para que los tratantes empleen el engaño, la intimidación o incluso el rapto para lograr el sometimiento de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Cabe destacar que no hay un perfil de víctimas de trata, aunque sí hay factores de vulnerabilidad que favorecen su existencia, como lo son encontrarse en situación de migración, el género, la edad, el tratarse de personas con necesidad de protección internacional, con discapacidad…

Mutilación Genital Femenina

Entre muchas otras violencias, debemos hacer mención a la Mutilación Genital Femenina (MGF), un tipo de violencia que comprende la mutilación parcial o total (dentro de los tres tipos que se dan) de los genitales femeninos externos por motivos no médicos. Esta práctica carece de beneficios para la salud y acarrea a mujeres y niñas daños tanto físicos como mentales, sobre todo teniendo en cuenta que es perpetrada generalmente por miembros de la comunidad o incluso de la propia familia por motivos culturales y/o religiosos.

Según datos de UNICEF, al menos 200 millones de mujeres y niñas han sufrido la mutilación genital femenina, siendo en su mayoría cortadas antes de cumplir los 5 años. Si bien es cierto que esta práctica se da sobre todo en África, se estima que está presente en los 5 continentes, sobre todo debido a los movimientos migratorios y la globalización acaecida en las últimas décadas. Las personas migran llevando sus culturas y tradiciones, hoy lo local es global y la MGF está en diáspora.

Teniendo en cuenta todas las cifras mostradas en el artículo, creemos que no es necesario recalcar el porqué de la importancia de colaborar por la igualdad y condenar todas y cada una de las formas y expresiones de la violencia de género.

¿Qué reivindicamos de nuestra entidad?

1. El principio inspirador de la actuación de la Administración de Justicia y de la interpretación y aplicación de la Ley en todos los ámbitos, debe siempre ser el de hacer justicia con perspectiva de género. 

2. Se debe continuar incidiendo en la Formación y especialización, tanto en la rama penal como en la civil relacionadas con la Violencia de género, de los profesionales de la Administración de Justicia. Se necesita que la formación en Género sea obligatoria para el acceso a la carrera judicial y con mayor contenido curricular cuando se trate del acceso a destinos en Juzgados especializados en Violencia Contra la mujer.

3. Necesidad de dotar a la Administración de Justicia de recursos económicos y personales, que eviten la Violencia institucional sufrida por males como son la lentitud de los procesos, insuficiencia de profesionales y equipos multidisciplinares para la elaboración de los informes psico- sociales.

4. En cuanto a la reparación del daño es importante que las indemnizaciones sean adecuadas a las agresiones sufridas.

5. Consideramos necesario la realización de un diagnóstico de las resoluciones judiciales condenatorias y las indemnizaciones acordadas en casos de Violencia de genero incluida la violencia sexual a fin de valorar como se está actuando en cuanto a:

• Reparación del daño físico, psicológico y moral.

• Criterios para su valoración.

• Seguimiento de su cumplimiento. Pues nos preocupa especialmente que en muchos casos el responsable se declara insolvente y no existe responsabilidad subsidiaria por parte del estado , de forma que finalmente no se cumple la reparación del daño en su vertiente indemnizatoria.

6. Los tribunales no cuentan con las organizaciones especializadas de la Sociedad Civil. De hecho, en nuestra experiencia práctica observamos que se minusvaloran los informes de las organizaciones especializadas y en la mayor parte de los casos prevalecen exclusivamente los informes elaborados por los propios profesionales del equipo psico social o forense del Juzgado.

7. En cuanto a la violencia ejercida por medio de las redes y en especial la la pornografía, habría que empezar por concienciar al legislador del mensaje que se transmite por medio de la pornografía y las consecuencias que tiene para nuestra sociedad la normalización de las relaciones donde la mujer no deja de ser un mero objeto de satisfacción al servicio del hombre.

8. Respecto a la normativa actualmente existente, seguiremos insistiendo en la necesidad de dar cumplimiento al Pacto de Estado y proceder a la aprobación de una legislación abolicionista del sistema prostitucional con todas las reformas normativas que ello conlleva, incluida la reforma del Código Penal, la Ley de extranjería y demás relacionadas con dicha materia.

ACCIÓN ANTE EL GOBIERNO DE ESPAÑA CONTRA LA PRÁCTICA DE LA MATERNIDAD SUBROGADA

Asociaciones y colectivos feministas, y personas a título individual, nos dirigimos al Presidente del Gobierno, a la Ministra de Igualdad, a la Ministra de Justicia, al Ministro de Asuntos Exteriores, a la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género y a la Directora del Instituto de las Mujeres para plantear las siguientes cuestiones referentes a la práctica de explotación reproductiva de las mujeres conocida como maternidad subrogada, gestación por sustitución, gestación subrogada o vientres de alquiler.

Primero.

Como organizaciones feministas defensoras de los derechos humanos de las mujeres, estamos altamente preocupadas por el avance de la maternidad subrogada, incluso dentro de nuestro país, pese a estar prohibida por la legislación vigente.

Segundo.

Por ello, estamos comprometidas en esta reivindicación feminista desde el año 2017, en que se produjo el intento de legalización por parte del partido político Ciudadanos. Colaboramos en distintas articulaciones feministas contra la maternidad subrogada: pertenecemos a la Red Estatal contra el Alquiler de Vientres (RECAV); hemos organizado diferentes acciones (conferencias, mesas redondas y acciones de calle) junto con otras organizaciones y somos firmantes de la propuesta de una Convención Internacional de Abolición de la Maternidad Subrogada promovida por la Coalición Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución (CIAMS), así como del Llamamiento contra el proyecto de protocolo de la Conferencia de La Haya y los Principios de Verona que pretenden fomentar la gestación subrogada transfronteriza, también promovido por CIAMS.

Nos preocupa asimismo que, en el Informe Final sobre el Foro Igualdad celebrado en México en 2021, en ningún apartado se recogiese mención alguna a la maternidad subrogada, cuando tantas mujeres sufren esta forma de explotación reproductiva en el mundo, en el marco de la geopolítica de la desigualdad social y económica, que afecta sobre todo a las mujeres. A pesar de ser necesaria la abolición de la explotación reproductiva, ésta no constituye un objetivo ni una acción prioritaria en la agenda del citado Foro para 2026.

Con esa misma fecha, solicitamos a ONU Mujeres y a la Comisión Social y Jurídica de la Mujer, la puesta en práctica de todas las medidas posibles tendentes a la abolición de esta forma de violación de derechos humanos de las mujeres y propiciar el establecimiento de la Convención Internacional de Abolición de la Maternidad Subrogada anteriormente mencionada.

Tercero.

En España, pese a estar excluida esta práctica en la ley 14/2006, sobre técnicas de reproducción humana asistida, ya que dicha ley sólo incluye aquellas técnicas que reúnen las condiciones de acreditación científica y clínica (Artículo 2.1); pese a que dicha ley establece que será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero (Artículo 10.1); pese a que la filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto (Artículo 10.2); pese a que la alteración de la filiación es un delito recogido en los artículos 220 y 221 del Código Penal y pese a la reiterada condena de esta práctica por el Tribunal Supremo (que considera en sus sentencias 835/2013, de 6/2/2014, y 277/2022, de 31/3/2022, que «los contratos de gestación por sustitución vulneran los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado, y son por tanto manifiestamente contrarios a nuestro orden público» (Tercero, 12, de la sentencia 277/2022) y que manifiesta asimismo en dicha sentencia de 2022, que, en dicha práctica, «tanto la madre gestante como el niño a gestar son tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad» (Tercero, 7); pese a todo ello, decimos, constatamos los siguientes hechos:

1.Continúa vigente la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.

Dicha instrucción contradice en letra y espíritu la ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, ya que considera la gestación subrogada una técnica de reproducción asistida -excluida como tal de la propia ley-, da validez a los contratos de gestación subrogada suscritos en el extranjero -cuando en la ley española se declaran nulos de pleno derecho-, reconoce en España la filiación declarada por un tribunal extranjero y facilita así la explotación reproductiva transfronteriza.

2.Iniciativas a favor de la legalización en España

En España se han producido ya entre 2015 y 2019 cuatro iniciativas a favor de la legalización de la maternidad subrogada:

  • La Proposición no de Ley (PNL) presentada por el partido político Unión Progreso y Democracia (UPyD) en 2015;
  • La Propuesta de Bases Generales para la Regulación en España de la Gestación por Sustitución, del Grupo de Ética y Buena Práctica Clínica de la Sociedad Española de Fertilidad, en 2016;
  • La Iniciativa Legislativa Popular de la Asociación por la Gestación Subrogada en España, de 2017,
  • Las Proposiciones de Ley reguladora del derecho a la gestación por sustitución presentada por el partido político Ciudadanos (ese mismo año) en 2017 y 2019, así como la anunciada nuevamente en 2022.

Las agencias se ofrecen, como si de una actividad legal se tratara, en internet en España, con páginas en castellano, en algunos casos con contacto únicamente on line o a un teléfono extranjero, pero en otros, facilitando números de teléfono de España, aunque la sede física se localice en otro país, o, incluso, facilitando las direcciones de sus sedes en España:

Gestlife, que hace ostentación en su página web de haber conseguido el Premio a la Excelencia Profesional «El Instituto para la Excelencia Profesional entrega cada año (…) a las instituciones, empresas y profesionales españoles más destacados», y el Premio Europeo de la Calidad Empresarial concedido por la Asociación Europea de Economía y Competitividad.

Infertility ,que no sólo ofrece un teléfono, sino invita a acudir a sus centros en Madrid y Barcelona. https://interfertility.es/donde-estamos/

Surrobaby , facilita asimismo en internet la dirección de sus sedes físicas en Madrid y Barcelona: http://www.surrobaby.es/contacto.aspx y afirma trabajar desde España con sus colaboradores en distintos países.

Al fin padres, está claramente dirigida a personas españolas e incluye un apartado específico sobre las Instrucciones de la Dirección General del Registro en España, así como números de teléfono de contacto de España.

Además, con frecuencia, se hace referencia en medios de comunicación, tales como la televisión (programas de entretenimiento, información y series televisivas) a la maternidad subrogada, desde un punto de vista favorable a la misma e invisibilizando que es una práctica prohibida por la legislación española, así como los sólidos argumentos éticos, jurídicos y de salud en contra de la misma.

La Facultad de Psicología de la Universidad de Sevilla, llevó a cabo el 14 de octubre de 2022 una actividad con el título «Hablemos de Gestación por Sustitución», a la que no invitaron a ninguna persona ni organización abolicionista. Se presentó escrito debidamente argumentado, dirigido al rector de la Universidad de Sevilla y al decano de la Facultad de Psicología, firmado por diferentes organizaciones y asociaciones feministas, solicitando la anulación de dicho acto, ya que se trataba de un acto de apología de una práctica prohibida que contraviene claramente la legalidad vigente, las convenciones y tratados internacionales suscritos por España, el código deontológico de la profesión de Psicólogo/a y el propio plan de igualdad de dicha universidad.

En la página web del Ministerio de Justicia se incluye información sobre una reunión celebrada en 2014 por representantes de dicho Ministerio con representantes de la asociación Son nuestros hijos, en la que se comprometieron a «mejorar la última modificación de la Ley del Registro Civil aprobada el pasado 13 de junio para la inscripción de los menores nacidos por gestación subrogada en el extranjero».

Las asociaciones defensoras de la gestación subrogada Son nuestros hijos y Gure umeen ametsak están organizando un congreso internacional sobre este asunto para el próximo año en Bilbao al que han invitado formalmente a la ministra de Igualdad, Irene Montero, habiendo celebrado ya una conferencia de prensa de presentación de dicho congreso, según han recogido diferentes medios: https://www.publico.es/mujer/organizaciones-vientres-alquiler-movilizan-presionar-gobierno.html

3.Faltan medidas que permitan una aplicación efectiva de la prohibición establecida legalmente

No se han tomado medidas todavía por parte de las autoridades españolas para prohibir la publicidad de estas agencias, al igual que no se han prohibido la celebración de la Feria Surrofair en 2017 o la actividad organizada en la Universidad de Sevilla el pasado 14 de octubre.

Por todo ello, pese a la prohibición por la Ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida y el Código Penal; el Informe de la Comisión Especial de Estudio de la Fecundación in vitro, conocido como Informe Palacios, de 1986; el Informe del Comité de Bioética de España sobre los aspectos éticos y jurídicos de la maternidad subrogada, de 2017, la Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de febrero de 2014, y la Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de marzo de 2022, en España se continúa realizando publicidad de agencias de maternidad subrogada y practicando la subrogación; y es posible la inscripción en el Registro español de las criaturas así nacidas, sobre todo cuando uno de los comitentes es un varón que ha aportado su gameto, sin que se cuestione la «libertad de consentimiento» en la firma de los contratos y renuncia a la filiación de las madres que han gestado, llevado en su vientre durante el embarazo y parido a la criatura.

4.Aumento de la precariedad y de la pobreza femenina derivada de la pandemia COVID 19. Aumento de la «ovodonación», con los riesgos de salud asociados, y la posibilidad de explotación reproductiva de las mujeres residentes en España

España está a la cabeza de la «ovodonación» en Europa, lo que hace suponer que gran parte de dichos óvulos pueden destinarse a la maternidad subrogada. Las clínicas realizan campañas de publicidad permanente en las áreas cercanas a las universidades, para captar a jóvenes universitarias como «donantes», mediante compensación económica, sin informarles debidamente sobre los riesgos de salud que la ovodonación puede acarrear: riesgos asociados a la hiperestimulación ovárica: fallo renal, pólipos intrauterinos, quiste de ovarios, tromboembolismo, distrés respiratorio adulto, hemorragia por rotura de ovario, infertilidad, posible riesgo de menopausia precoz y otros daños producidos en el proceso de extracción de los ovocitos.

Dado el aumento de precariedad laboral de las mujeres, producido como consecuencia indirecta de la pandemia COVID 19, nos preocupa que aumente aún más la «ovodonación», que puede afectar la salud de muchas jóvenes.

Por otra parte, desgraciadamente, España está a la cabeza de los países europeos en datos referentes a mujeres en situación de prostitución (la mayoría vinculadas con la trata, sin la que no sería posible mantener la pujante industria del sexo), cuya situación ha empeorado aún más en la pandemia COVID 19, sin que todavía contemos con una Ley de Abolición de la Prostitución y la Trata amplia y efectiva, que implique medidas de sensibilización social, educación afectivo-sexual, represión y punición de proxenetas y prostituidores, y medidas sociales, laborales, habitacionales, sanitarias, etc., para las mujeres y las niñas en situación de prostitución.

Por todo ello, nos preocupa que los lobbies interesados en la legalización de la maternidad subrogada intensifiquen su actividad y pueda crearse en España otro «mercado» de explotación reproductiva de las mujeres como gestantes, además del ya existente de la mal llamada «ovodonación».

5. Existe el riesgo real de que se promulgue en breve un documento internacional de regulación de la maternidad subrogada, que haría más difícil todavía su erradicación.

Los lobbies de presión están influyendo en diferentes países para conseguir la legalización. A nivel internacional, la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado comenzó a interesarse por los conflictos transfronterizos relativos a la filiación en 2011. En 2014, publicó un informe y, en 2015, encomendó la continuidad del trabajo a un Comité de personas expertas que viene trabajando sobre la elaboración de un instrumento jurídico internacional cuyo fin es facilitar a los clientes la filiación de las niñas y los niños nacidos de esa práctica que la propia Conferencia de

La Haya reconoce como un «negocio global», prescindiendo de cualquier consideración ética y de la cuestión central de los derechos humanos. Dicho Comité ha visto renovada su actividad por dos años en marzo de 2020 y presentará su informe final en marzo de 2023. En su Informe de noviembre de 2019, el Comité hacía referencia a la inclusión de aspectos relativos a la denominación de las madres subrogadas (parágrafo 27), a los requisitos mínimos exigibles a las mismas (parágrafo 36) y a la regulación de las agencias (parágrafo 35). Es decir, este Comité de Personas Expertas está trabajando sobre un Protocolo internacional específico sobre maternidad subrogada, cuyo borrador presentará con su informe final en marzo de 2023.

Ello significa que existe un alto grado de probabilidad de que se promueva en breve (apenas unos meses) un instrumento internacional de regulación de facto de la subrogación. La maternidad subrogada no es un tema de derecho privado, sino de violación de derechos humanos y, sin embargo, ni la Conferencia de la Haya ni otros organismos de Derechos Humanos de Naciones Unidas han planteado hasta el momento la posibilidad de promover una convención internacional de abolición de la subrogación, única medida compatible con la defensa de la igualdad de derechos de mujeres y hombres, con la asunción de la prohibición de la violencia contra las mujeres y con la defensa de la dignidad de la mujer y de los niños y las niñas.

Además, en febrero de 2021, la ONG internacional ISS (International Social Service) publicó los denominados «Principios de Verona», que se supone pretenden defender los derechos de niñas y niños nacidos por subrogación. Al igual que en el caso de los «Principios de Yogyakarta», aunque realmente no han sido elaborados por un Comité de un organismo de Naciones Unidas, ni han sido aprobados por representantes de los Estados, se presentan como un documento con voluntad de llegar a constituir un instrumento internacional de regulación de la maternidad subrogada. El nombre y el formato les dan ante el público un aire de gran declaración de derechos humanos.

6.  La maternidad subrogada es un problema global que requiere respuestas globales.

Es imposible lograr su erradicación en un país concreto, en este caso en España, sin abordar su erradicación a nivel internacional, lo que supone tomar medidas tendentes a llegar una Convención Internacional de Abolición de la maternidad subrogada.

Incluso en aquellos países donde la práctica se permite, se recurre con frecuencia a madres gestantes procedentes de países donde el «alquiler del útero» es más barato, lo que refuerza la convicción de que la gestación por subrogación conduce a la explotación de las funciones reproductivas de las mujeres más desfavorecidas, las del Sur Global. Además, en países europeos en que la subrogación no está permitida, como es el caso de España, miles de personas recurren a la subrogación comercial transfronteriza. La subrogación es un problema global que exige respuestas globales y cualquier legislación sobre los vientres de alquiler que no sea prohibicionista a nivel mundial, y con responsabilidad penal, únicamente representa una puerta abierta a las multinacionales de la compraventa de niños y niñas y a la explotación de las mujeres más vulnerables.

Las políticas que se adopten que afecten a las mujeres no son neutras y producen un gran impacto en las relaciones entre hombres y mujeres, por lo que favorecer las prácticas que conducen a reforzar la imagen estereotipada de la mujer como un ser al servicio de los demás, que tiene que cumplir el rol social de subordinación, de paridora, apelando a su solidaridad, tiene un gran impacto de género, porque afecta a la percepción que tienen los hombres y las mujeres de sí mismos y de los demás.
Se han producido numerosas iniciativas en este sentido de abolición de la subrogación:

A nivel internacional:

El Informe Warnock (Reino Unido, 1984) reconoce que es inconsistente con la dignidad humana que una mujer utilice su útero para obtener beneficio económico y lo trate como una incubadora para el hijo de otra persona (parágrafo 8.10, p. 15) y recomienda que se establezca por ley que todos los acuerdos de subrogación sean contratos ilegales cuyo cumplimiento no puede exigirse en los tribunales.

El Informe del Comité de Expertos Ad Hoc del Consejo de Europa de 1989 manifiesta su negativa a la legalización de la maternidad subrogada.

El Convenio del Consejo de Europa sobre Derechos Humanos y Biomedicina (Convenio de Oviedo), 1997, con entrada en vigor el 1 de diciembre de 1999, establece la necesidad de garantizar el respeto y la dignidad del ser humano ante posibles acciones que podrían ponerlas en peligro mediante una práctica inadecuada de la biología y la medicina. Su artículo 21 afirma que el cuerpo humano y sus partes, como tales, no deberán ser objeto de lucro.

La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, 2000, prohíbe que el cuerpo humano o partes del mismo, en cuanto tales, se conviertan en objeto de lucro.

El Informe anual de la Unión Europea sobre los DDHH y la democracia en el mundo de 2014, publicado en 2015, parágrafo 114: «Condena la práctica de la gestación por sustitución, que es contraria a la dignidad humana de la mujer, ya que su cuerpo y sus funciones reproductivas se utilizan como una materia prima; estima que debe prohibirse esta práctica, que implica la explotación de las funciones reproductivas y la utilización del cuerpo con fines financieros o de otro tipo, en particular en el caso de las mujeres vulnerables en los países en desarrollo, y pide que se examine con carácter de urgencia en el marco de los instrumentos de derechos humanos».

El Comité para los Derechos de las Mujeres y la Igualdad de Género, de 10 de noviembre de 2016, en el parágrafo 23, expresaba «su preocupación por las actividades del sector de la gestación por sustitución, que trata el cuerpo de la mujer como una mercancía en el mercado reproductivo internacional, al tiempo que lamenta que dicho sector explote en gran medida a mujeres vulnerables procedentes ante todo del hemisferio sur».

El Informe del Parlamento Europeo sobre la Estrategia de la Unión para la igualdad de género (2019/2169(INI), de 25 de noviembre de 2020, en su parágrafo 32, «reconoce que la explotación sexual con propósitos reproductivos y de gestación subrogada o para fines como los matrimonios forzados, la prostitución y la pornografía es inaceptable y constituye una violación de la dignidad humana y de los derechos humanos».

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en el caso Paradiso y Campanelli contra Italia, de 24 de enero de 2017, en la que la Gran Sala revocó el fallo de la sentencia anterior de la Sala de 2015, señala expresamente que no existe un derecho a la maternidad/paternidad en virtud de la mera voluntad, o de la proyección de la autonomía y del desarrollo personal, plasmada en la existencia de un «proyecto paternal» y llega a la conclusión de que la maternidad subrogada vulnera aspectos esenciales de la dignidad humana y de la integridad física y moral de la madre gestante, así como derechos fundamentales del hijo nacido bajo este tipo de contratos, como su derecho a conocer su origen biológico.

El voto particular colectivo de los jueces De Gaetano, Pinto de Albuquerque, Wojtyczek y Dedov, en el mencionado caso Paradiso y Campanelli, manifiesta que «la gestación por sustitución, en todas sus modalidades, es contraria a la dignidad humana porque trata a la gestante y al niño como medios al servicio del cumplimiento de los deseos de los comitentes, y no como fines en sí mismos».

A nivel nacional:

El Informe de la Comisión Especial de Estudio de la Fecundación in vitro, de 1986, recomendó la prohibición de la gestación de sustitución en cualquier circunstancia.

El Informe del Comité de Bioética de España sobre los aspectos éticos y jurídicos de la maternidad subrogada, de 2017, concluye recomendando avanzar hacia «una prohibición universal de la maternidad subrogada internacional».

La Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de febrero de 2014, afirmó que el Derecho español no acepta que los avances en las técnicas de reproducción humana asistida vulneren la dignidad de la mujer gestante y del niño, mercantilizando la gestación y la filiación, cosificando a la mujer gestante y al niño, permitiendo a determinados intermediarios realizar negocio con ellos, posibilitando la explotación del estado de necesidad en que se encuentran mujeres jóvenes en situación de pobreza y creando una especie de ciudadanía censitaria en la que solo quienes disponen de elevados recursos económicos pueden establecer relaciones paterno filiales vedadas a la mayoría de la población.

La Coalición Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución / Explotación Reproductiva (CIAMS), formada por organizaciones de diferentes países, entre las que la CIMTM forma parte (Australia, Austria, Bélgica, Canadá, España, Francia, Italia, Japón, Reino Unido, Rumania, Corea del Sur, Ucrania y Suecia) presentó en noviembre de 2020 una propuesta de Convención Internacional para la abolición de la Gestación por Sustitución, a la que nos hemos adherido numerosas organizaciones feministas, y cuyos objetivos son:

  • Reafirmar el principio de que el cuerpo humano no será objeto de convenios o contratos y que la ley no violará en modo alguno los límites y el respeto de la persona humana,
  • Reconocer que la explotación de la capacidad reproductiva de las mujeres, incluso a través de la subrogación, ya sea comercial o descrita como altruista, es intrínsecamente violenta contra la mujer y, como tal, constituye una violación de los derechos fundamentales de los seres humanos, reconocer que el uso de la gestación por sustitución es siempre contrario a los intereses del menor, que son:

1) No ser comprado ni vendido ni regalado al capricho de los adultos

2) En la medida de lo posible, tener acceso a sus orígenes, conocer a la madre que lo trajo al mundo y ser criado por ella,

  • Prevenir y prohibir el uso de la gestación por sustitución,
  • Prohibir las acciones que implementen, promuevan, alienten, permitan o faciliten esta práctica.

Además, CIAMS ha promovido en septiembre de 2022 un Llamamiento a los Estados contra el proyecto de Protocolo de la Conferencia de la Haya y los Principios de Verona, que pretenden fomentar la gestación subrogada.

Por todo lo anterior, SOLICITAMOS

1. Que el Gobierno de España, y, específicamente, su Ministerio de Igualdad tome las medidas oportunas, (entre otras, las referentes a sensibilización social, educación afectivo-sexual, educación relativa a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, divulgación de la legislación vigente, prohibición de publicidad de agencias de maternidad subrogada, etc.) para favorecer el cumplimiento de la legislación vigente en España respecto a la prohibición de la maternidad subrogada y su consideración de violencia y explotación reproductiva de las mujeres.

2. Que el Gobierno de España, y, específicamente, su Ministerio de Justicia, su Ministerio de Asuntos Exteriores, y su Ministerio de Igualdad, tomen las medidas oportunas, para:

  • Desaprobar el protocolo sobre filiación en el contexto de la gestación subrogada que es factible se presente en 2023 a los 91 Estados miembros de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado
  • Ignorar los Principios de Verona como guía en su labor legislativa
  • Incluir la gestación subrogada como una forma de violencia contra las mujeres –similar a la trata y perseguible internacionalmente– en la legislación española, ya sea perpetrada dentro o fuera del territorio español, sobre la base del artículo 3 del Convenio de Estambul, con las correspondientes medidas punitivas.
  • Anular, en consonancia, la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución, a fin de que no resulte contradictoria la normativa de la DGRN con el propio cumplimiento de la Ley 14/2006 de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida.
  • Comprometerse a incluir una perspectiva feminista –basada en el artículo 6 del Convenio de Estambul– en la aplicación y evaluación de los convenios a firmar y ratificar, y a promover y aplicar políticas de igualdad que reconozcan que determinados tipos de violencia afectan de forma desproporcionada y exclusiva a las mujeres.
  • Combatir este tipo de delito que afecta tanto a las mujeres como a los niños y a las niñas, reforzando la colaboración transnacional para acabar con él.
  • Promover, firmar y ratificar el proyecto feminista denominado «Convención internacional para la abolición de la gestación por sustitución», propuesto por la CIAMS (Coalición Internacional para la Abolición de la Gestación por Sustitución / Explotación Reproductiva)
  • Favorecer el proceso que permita llegar, en el marco de las Naciones Unidas, a una Convención Internacional de Abolición de la Maternidad subrogada, similar a otros convenios internacionales firmados por España, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW).

3. Que desde la Presidencia del Gobierno de España, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio de Igualdad, la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y el Instituto de las Mujeres de España, nos concedan entrevista a representantes de las asociaciones firmantes del presente escrito, a fin de poder presentar directamente nuestros argumentos.

Supervivientes de la prostitución y asociaciones presentan en el Congreso propuestas abolicionistas para la ley contra el proxenetismo

 

Pulsa aquí para leer el texto íntegro de las Propuestas abolicionistas

 

Formularios de adhesión:

Versión en español: https://forms.gle/J1ZzJ4TThqM9L5yH7
English version: https://forms.gle/kFPFJu4gHyaiL2th8
Version française: https://forms.gle/ABjnuDGrfQXWrvtZ6


Asociaciones de base y de supervivientes de la prostitución han presentado a todos los grupos parlamentarios un documento con sus propuestas sobre la Proposición de Ley Orgánica para prohibir el proxenetismo en todas sus formas, que actualmente se tramita en el Congreso. La iniciativa ha sido registrada por las asociaciones Las Independientes, Emargi, La Sur-Feminicidio.net, Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) y Acción contra la Trata (ACT), y está abierta a nuevas adhesiones por parte de asociaciones, colectivos y plataformas de la sociedad civil.

Las representantes de estos colectivos feministas acudieron el pasado 7 de octubre a la carrera de San Jerónimo para formalizar el registro.

Acudieron al acto Amelia Tiganus, por Emargi; Vanessa Silva y Kamila Ferreira por Las Independientes –las tres son supervivientes del sistema prostitucional–; Graciela Atencio por La Sur y María Barrones, por la CIMTM.

El objetivo de esta iniciativa es reforzar y ampliar la actual Proposición de Ley Orgánica con la experiencia de las organizaciones y el conocimiento de las realidades de la prostitución de las propias supervivientes.

La primera de estas propuestas se refiere a la lucha contra el proxenetismo, dado que las proponentes apuntan a que la mención “con ánimo de lucro y de manera habitual” en el articulado es poco concreta y puede suponer una vía de escape para los responsables.

Tanto las supervivientes como el movimiento feminista en España reclaman en todos los foros la necesidad de sancionar a los puteros, beneficiarios últimos de un sistema que hoy pone a su disposición mujeres para ser violadas por precio con toda impunidad. En el segundo punto propuesto, acerca de las penas para los prostituidores, las supervivientes lo tienen claro: les corresponden sanciones penales como agresores sexuales, ya que la situación de prostitución no puede justificar que haya mujeres cuya libertad sexual tenga menor protección que la de las demás. Consideran que la libertad sexual no puede ser legítimamente comprada.

En tercer lugar, el documento propone el reconocimiento de las víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista, con el objetivo de lograr la máxima protección equiparable para ellas. Se propone este refuerzo conceptual y legal, sin perjuicio del desarrollo y aplicación de normas y políticas específicas sobre violencia sexual –como sí recoge la Proposición de Ley en trámite– como para las víctimas del sistema prostitucional, en su caso.

Tal como recoge el documento, la consideración como víctimas de violencia machista “traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución”.

Las proponentes consideran esencial para el impacto de la ley proporcionar a las mujeres en prostitución permisos de residencia y de trabajo desde el momento de su reconocimiento como víctimas, y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo. Por experiencia saben hasta qué punto la situación administrativa irregular impide a las mujeres avanzar en cualquier camino de restablecimiento personal tras la violencia sufrida.

Asociaciones y supervivientes piden también la adición de artículos en la Ley, para la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, un elemento imprescindible de las políticas abolicionistas del que el articulado que se tramita en la Cámara carece por completo. Proponen también la creación de una comisión de seguimiento con participación de expertas y supervivientes del movimiento abolicionista, así como un fondo económico de reparación para las víctimas.

Petición de firmas en apoyo a Amelia Tiganus

Respecto al acoso que está sufriendo Amelia Tiganus, la cara más conocida de las proponentes, participó también en el programa La Roca (La Sexta) del 9 de octubre. Tras esta aparición en televisión, Tiganus denunció “ataques organizados” y la suspensión de su cuenta de Instagram, su mayor altavoz, con 38.000 seguidoras. “El lobby proxeneta me la tiene jurada, como a muchas de mis compañeras. Pero a mí lo que me preocupa es esta sociedad adormecida, los medios de comunicación al servicio del sistema opresor y la clase política que gobierna por y para los privilegios sexistas, racistas y clasistas”, manifestó pocos días después.

La profesora de sociología en la Universidade da Coruña Rosa Cobo ha lanzado una petición en la plataforma Change.org“Todas somos Amelia Tiganus”– que en menos de 24 horas ha sobrepasado las 5.000 firmas. La profesora Cobo es una de las autoras feministas de referencia en España y una destacada defensora del abolicionismo de la prostitución. Rosa Cobo ha calificado también a esa Plataforma como “el lobby económico proxeneta”. “La industria de la explotación sexual tiene miedo a que desde el Parlamento se haga una legislación abolicionista. El proxenetismo tiene miedo al feminismo, a la fuerza que ha cobrado el abolicionismo”, añade la profesora, que califica de “cacería” lo que enfrentan estos días Amelia Tiganus y el abolicionismo.

Si tu también quieres apoyar a Amelia Tiganus, pulsa sobre este enlace.