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La CIMTM organiza la conferencia “Situación en Europa de la legislación abolicionista” 

La realidad de la prostitución y trata con fines de explotación sexual es diferente en cada país, así como su legislación. El próximo 12 de diciembre, desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres  hemos organizado un encuentro con Jonathan Machler, Director Ejecutivo de Coalición para la Abolición de la Prostitución, quien informará sobre la situación en Europa de la legislación abolicionista.

La trata con fines de explotación sexual afecta de forma abrumadora a mujeres y niñas y se dirige específicamente a los sectores más vulnerables de la sociedad. La violencia extrema de la trata con fines de explotación sexual no sólo es perpetrada por los traficantes que se lucran de la explotación sexual, sino sobre todo por quienes pagan para utilizar y abusar de las víctimas a través de la prostitución.  Si Europa pretende eliminar el tráfico sexual no puede permitir que aumente la demanda de violencia y explotación sexual.

Teniendo en cuenta el panorama actual de la Unión Europea, Jonathan Machler, Director Ejecutivo de CAP Internacional, como experto conocedor de la situación abolicionista a nivel internacional, hablará sobre los retos y avances de la Ley Abolicionista Francesa, promulgada en 2016 y actualmente cuestionada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el lobby reglamentarista, pese a que dicha ley ayuda cada año a más de 3000 personas en situación de prostitución en el territorio nacional, tal y como como destaca el informe FACT-S, redactado por un colectivo de asociaciones abolicionistas francesas.

Asimismo, Jonathan Machler hará un recorrido sobre la situación de los diferentes países de la Unión Europea y su legislación sobre prostitución y trata. 

Sobre la CAP

La Coalición para la Abolición de la Prostitución (CAP International) es un movimiento formado por organizaciones de base y lideradas por supervivientes unidas en torno a un objetivo común: la abolición de los sistemas de prostitución y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

A día de hoy, la Coalición incluye 35 organizaciones en 27 países. Entre ellas, la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres.

Encuentro en Madrid

Fecha y hora: 12/12/2023, a las 19 pm
Lugar: Instituto Internacional. Sala 101 (C. Miguel Ángel, 8, Madrid)

Reserva plaza

La Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, Reem Alsalem, se posiciona a favor de la Ley Abolicionista francesa

En el marco del procedimiento ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, compartimos esta importante declaración pública de la Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, Reem Alsalem, en apoyo de la ley abolicionista francesa. La declaración ha sido trasladada por CAP (COALITION POUR L´ABOLITION DE LA PROSTITUTION) plataforma abolicionista de la que formamos parte,  a la Secretaría Jurídica del Ministerio de Asuntos Exteriores francés para que se incluya en los elementos adicionales aportados por Francia al TEDH.

A continuación, destacamos la conclusión de Reem Alsalem:

El Relator Especial insta al Gobierno francés a que siga intensificando su lucha contra la demanda de compra de actos sexuales. La actual Ley 2016-44 es encomiable y representa un paso significativo hacia el avance de las obligaciones legales del artículo 9, apartado 5, del Protocolo de Palermo -a saber, desalentar la demanda que fomenta la explotación sexual que conduce a la trata-, al tiempo que proporciona un importante apoyo a las personas que han sido objeto de trata con fines de explotación sexual o corren el riesgo de serlo. Por lo tanto, debe hacerse todo lo posible por mantener la ley tal como está y garantizar su plena aplicación en todo el país.

Pueden leer la declaración completa en este enlace 

Además, desde la CAP han redactado esta carta abierta a firmas en la que piden al Tribunal y a sus jueces, que no deroguen la prohibición de la compra de actos sexuales. La carta subraya que Francia se ajusta a las obligaciones que le incumben en virtud del derecho internacional y europeo para desalentar la demanda.  La carta está abierta a firmas individuales del ámbito jurídico, en caso de ser abogada/o, magistrada/o, jueza/juez, no dudes en firmar la carta rellenando el formulario de este enlace. La fecha límite para firmar es el 24/11.

Puedes acceder a la carta en este enlace

“Hoy las mafias de la prostitución captan menores en todas las redes sociales”- Entrevista de Feminicidio a Antonio Asensio Frases

Compartimos a continuación la entrevista que Feminicidio ha realizado al Sargento de la Guardia Civil,  Antonio Asensio Frases, en el marco de la conferencia organizada por la CIMTM el pasado 10 de octubre, en el marco del Programa 10 en Igualdad, financiado por el Ministerio de Igualdad:

Antonio Asensio Frases en el Instituto Internacional, antes de la conferencia. Foto de Ana de Blas.

Que un sargento de la Guardia Civil, con doce años de experiencia en investigación de delitos de prostitución y trata, afirme que con su equipo –cuatro mujeres y un hombre– en todo ese tiempo solo haya visto “mujeres encadenadas a la prostitución”, y que “la prostitución es trata”, es un mensaje nítido a la sociedad española. Esto es lo que ha hecho Antonio Asensio Frases, especialista en violencia machista, prostitución y trata, en el marco de una conferencia abolicionista organizada por la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres. Es además autor de un libro basado es esa experiencia profesional y participa en el Plan Director para centros educativos, centrado en formar a los jóvenes sobre violencia contra las mujeres y menores y seguridad en internet.

– Su libro acerca de la prostitución se titula “Mujeres encadenadas”. ¿Por qué?

– Ese título refleja la inmensa mayoría de la realidad que viven estas mujeres, y es fruto de la experiencia de mi equipo –el EMUME de la Guardia Civil, unidades especialistas en temas relacionados con mujeres y menores–. Durante doce años, solo hemos visto mujeres encadenadas a la prostitución, y la prostitución es trata, por eso creo que es el título más adecuado. Después de tantos años de investigación, no puedo desvincular la prostitución de la trata, y esto a mujeres encadenadas, tanto física como emocionalmente.

– ¿Esas cadenas no se ven? Las especialistas en trauma nos explican que incluso cuando las mujeres tienen la puerta abierta, sin embargo no pueden salir.

– Si hablamos de esclavitud, todos pensamos en cadenas de metal. Pero cuando hablamos de esta esclavitud vinculada a la prostitución y a la trata son cadenas emocionales. Es muy fácil para un grupo organizado subvertir la voluntad de una niña en origen, entre doce y dieciséis años, para prostituirla en destino. Encadenadas al síndrome de Estocolmo, indefensiones aprendidas… En doce años de trabajo en prostitución, únicamente me he encontrado una mujer, que era española y tenía 50 años, que me dijo: “Si hubieran venido ustedes treinta años antes… ahora ya soy libre”, porque ya no le daba ningún rendimiento al proxeneta. Conclusión: no lo era, no lo fue nunca.

– Cuando entrevistamos a mujeres supervivientes de la prostitución, la mayor parte no tiene una visión muy positiva de las fuerzas y cuerpos de seguridad. ¿Por qué cree que en muchas ocasiones las víctimas no confían en ustedes?

– Porque es una de las primeras reglas que inculca el sistema prostitucional. Las obligan a contar una “subverdad”, les han dicho que somos corruptos, que como denuncien su caso su familia en origen corre riesgo. Si son nigerianas, les dicen que si denuncian el rito vudú se activará y harán daño a su familia y a ellas. Por todo esto, cuando nos ven a nosotros ven al enemigo, a alguien a quien hay que mentir. No concuerda la comunicación verbal con la no verbal. Las veces que he preguntado “¿ustedes son voluntarias?”, me han dicho siempre que sí, cuando siempre era que no. Porque nosotros, por otros sistemas, conocíamos la verdad.

– ¿Ustedes también podrían mejorar sus protocolos?

– Sí, de hecho ya hace unos años, con la última modificación en el Código Penal del delito de trata en 2015, creo que se ha hecho un esfuerzo ingente por dotar a las fuerzas y cuerpos de seguridad de mayores habilidades para tratar a las víctimas de violencia sexual, violencia de género, trata y prostitución, y menores.

– En este sentido, ¿en las intervenciones hay presencia de mujeres guardias civiles o policías?

– Nosotros sí lo hacemos, siempre deben ir más mujeres que hombres. Porque es un delito sexual con víctima mujer. Su papel es fundamental y prioritario en los equipos.

 

Antonio Asensio Frases tras la conferencia organizada por la CIMTM en el Instituto Internacional. Fotografía de Ana de Blas.

– Ha dicho antes con rotundidad que la prostitución es trata. ¿Está de acuerdo con una definición de la prostitución como una forma de violencia sexual?

– Sin lugar a dudas. Esta es una opinión que solo me representa a mí: después de mi experiencia de años haciendo inspecciones a los clubes, realizando operaciones de investigación de prostitución, interviniendo teléfonos de víctimas, tratantes y proxenetas, puedo decir que el cien por cien de lo visto ha sido prostitución forzada. La trata es el comercio para llevar a la prostitución.

– Desde esta experiencia ¿son necesarias reformas legislativas en España para proteger a las víctimas y perseguir a los responsables, para ser más eficaces?

– Desde el punto de vista de la investigación, tenemos herramientas suficientes para luchar contra la prostitución y la trata. Evidentemente, siempre son mejorables, conforme vas investigando, las lagunas en los delitos penales se van modificando. Creo que el legislador nacional ha hecho un buen trabajo acoplando las directivas internacionales al régimen interno. Ahora hace falta llevar a cabo más políticas nacionales, como la ley integral de trata y prostitución, y la ley orgánica de abolición del sistema prostitucional.

Al fin y al cabo, la prostitución y trata es una violencia de género contra la mujer. Creo que cuando en 2004, con la ley integral contra la violencia de género, se puso el foco en esta forma de violencia y se visibilizó, se hizo patente el problema. Una ley integral va a hacer mucho más patente en la sociedad este problema que tenemos de la trata de seres humanos y la prostitución. Me hubiera gustado que esta ley, y la abolicionista, que tramitaban el Congreso, vieran la luz.

– Las supervivientes nos dicen que las mujeres no denuncian porque tienen miedo.

– Por eso hay que fortalecer las medidas para que no haga falta una denuncia para que todos los mecanismos de apoyo se inicien. No vincularlos a la denuncia policial o a la cooperación con la justicia. Si quiere denunciar, bien, si no, el objetivo es el mismo: su reinserción, su recuperación, sacarla de ese mundo.

– ¿Hay que sancionar al demandante, al putero? Países como Suecia o Francia lo consideran necesario para la reducción de daños y avanzar en igualdad. El pasado septiembre, el Parlamento Europeo ha instado a los Gobiernos para actuar en ese sentido.

– La sanción es una medida de desincentivar la demanda, sin lugar a dudas. Personalmente no lo vería mal. Con ello, seguramente en algún lugar alguna mujer dejaría de ser captada para la prostitución, así que desincentivando la demanda indirectamente estamos trabajando mucho contra la prostitución y la trata.

– ¿Han encontrado una actitud especialmente violenta o degradante contra las mujeres entre los proxenetas y los demandantes?

– Por parte de los proxenetas, si hablamos de violencia física, sí la hemos visto, pero no es mayoritaria. Cuando una persona ha sido subvertida, no hace falta mucha violencia para que haga lo que dicen, apenas lo necesitan. Les es muy fácil controlarlas, las han captado siendo niñas y no han conocido otra cosa que el sistema prostibulario, las han hecho adictas a la cocaína y todo tipo de drogas, ellos son sus propios camellos. Con pequeñas coacciones o amenazas les basta, van a tener obediencia debida, y si eso no les basta lo siguiente es la violencia.

Respecto a los demandantes, sobre las peticiones sexuales hemos visto de todo, violencia gratuita añadida hemos visto menos. Pero hay más muertes de mujeres a manos de ellos que de los proxenetas.

– ¿La prostitución “educa” a los hombres contra la igualdad?

La prostitución es desigualdad, ya de por sí. La mujer no parte con las mismas libertades que el hombre que la solicita. No he visto por lo general una exarcebación especial del “cliente” por humillar a la mujer, es más satisfacer su demanda sexual: mis demandas son éstas y tú, que eres una mujer prostituta, me las vas a dar.

– ¿Han encontrado nuevas formas de captación, como las webcam, o sugar daddys, antes de llegar a los clubes?

– Antes de este boom digital, la captación era mayormente física, en poblaciones de Rumanía, Bulgaria, América del Sur, Nigeria. La captación se ha digitalizado, en su inmensa mayoría. Hoy las mafias de la prostitución captan menores en todas las redes sociales: en OnlyFans, en TikTok. Por eso incidimos mucho en los centros educativos para que no sexualicen su perfil digital, porque están ahí. Todas las mafias entran con un mensaje privado: “hola”, luego empiezan con ofrecimientos. El sistema prostitucional va a estar allí donde haya menores.

Supervivientes de la prostitución y asociaciones presentan en el Congreso propuestas abolicionistas para la ley contra el proxenetismo

 

Pulsa aquí para leer el texto íntegro de las Propuestas abolicionistas

 

Formularios de adhesión:

Versión en español: https://forms.gle/J1ZzJ4TThqM9L5yH7
English version: https://forms.gle/kFPFJu4gHyaiL2th8
Version française: https://forms.gle/ABjnuDGrfQXWrvtZ6


Asociaciones de base y de supervivientes de la prostitución han presentado a todos los grupos parlamentarios un documento con sus propuestas sobre la Proposición de Ley Orgánica para prohibir el proxenetismo en todas sus formas, que actualmente se tramita en el Congreso. La iniciativa ha sido registrada por las asociaciones Las Independientes, Emargi, La Sur-Feminicidio.net, Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) y Acción contra la Trata (ACT), y está abierta a nuevas adhesiones por parte de asociaciones, colectivos y plataformas de la sociedad civil.

Las representantes de estos colectivos feministas acudieron el pasado 7 de octubre a la carrera de San Jerónimo para formalizar el registro.

Acudieron al acto Amelia Tiganus, por Emargi; Vanessa Silva y Kamila Ferreira por Las Independientes –las tres son supervivientes del sistema prostitucional–; Graciela Atencio por La Sur y María Barrones, por la CIMTM.

El objetivo de esta iniciativa es reforzar y ampliar la actual Proposición de Ley Orgánica con la experiencia de las organizaciones y el conocimiento de las realidades de la prostitución de las propias supervivientes.

La primera de estas propuestas se refiere a la lucha contra el proxenetismo, dado que las proponentes apuntan a que la mención “con ánimo de lucro y de manera habitual” en el articulado es poco concreta y puede suponer una vía de escape para los responsables.

Tanto las supervivientes como el movimiento feminista en España reclaman en todos los foros la necesidad de sancionar a los puteros, beneficiarios últimos de un sistema que hoy pone a su disposición mujeres para ser violadas por precio con toda impunidad. En el segundo punto propuesto, acerca de las penas para los prostituidores, las supervivientes lo tienen claro: les corresponden sanciones penales como agresores sexuales, ya que la situación de prostitución no puede justificar que haya mujeres cuya libertad sexual tenga menor protección que la de las demás. Consideran que la libertad sexual no puede ser legítimamente comprada.

En tercer lugar, el documento propone el reconocimiento de las víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista, con el objetivo de lograr la máxima protección equiparable para ellas. Se propone este refuerzo conceptual y legal, sin perjuicio del desarrollo y aplicación de normas y políticas específicas sobre violencia sexual –como sí recoge la Proposición de Ley en trámite– como para las víctimas del sistema prostitucional, en su caso.

Tal como recoge el documento, la consideración como víctimas de violencia machista “traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución”.

Las proponentes consideran esencial para el impacto de la ley proporcionar a las mujeres en prostitución permisos de residencia y de trabajo desde el momento de su reconocimiento como víctimas, y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo. Por experiencia saben hasta qué punto la situación administrativa irregular impide a las mujeres avanzar en cualquier camino de restablecimiento personal tras la violencia sufrida.

Asociaciones y supervivientes piden también la adición de artículos en la Ley, para la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, un elemento imprescindible de las políticas abolicionistas del que el articulado que se tramita en la Cámara carece por completo. Proponen también la creación de una comisión de seguimiento con participación de expertas y supervivientes del movimiento abolicionista, así como un fondo económico de reparación para las víctimas.

Petición de firmas en apoyo a Amelia Tiganus

Respecto al acoso que está sufriendo Amelia Tiganus, la cara más conocida de las proponentes, participó también en el programa La Roca (La Sexta) del 9 de octubre. Tras esta aparición en televisión, Tiganus denunció “ataques organizados” y la suspensión de su cuenta de Instagram, su mayor altavoz, con 38.000 seguidoras. “El lobby proxeneta me la tiene jurada, como a muchas de mis compañeras. Pero a mí lo que me preocupa es esta sociedad adormecida, los medios de comunicación al servicio del sistema opresor y la clase política que gobierna por y para los privilegios sexistas, racistas y clasistas”, manifestó pocos días después.

La profesora de sociología en la Universidade da Coruña Rosa Cobo ha lanzado una petición en la plataforma Change.org“Todas somos Amelia Tiganus”– que en menos de 24 horas ha sobrepasado las 5.000 firmas. La profesora Cobo es una de las autoras feministas de referencia en España y una destacada defensora del abolicionismo de la prostitución. Rosa Cobo ha calificado también a esa Plataforma como “el lobby económico proxeneta”. “La industria de la explotación sexual tiene miedo a que desde el Parlamento se haga una legislación abolicionista. El proxenetismo tiene miedo al feminismo, a la fuerza que ha cobrado el abolicionismo”, añade la profesora, que califica de “cacería” lo que enfrentan estos días Amelia Tiganus y el abolicionismo.

Si tu también quieres apoyar a Amelia Tiganus, pulsa sobre este enlace.  

Malos tratos

Supervivientes de la prostitución y asociaciones proponen medidas abolicionistas en la ley española contra el proxenetismo

Las representantes de asociaciones de supervivientes y de base en el Congreso.

Asociaciones de base y de supervivientes de la prostitución han presentado a todos los grupos parlamentarios un documento con sus propuestas sobre la Proposición de Ley Orgánica para prohibir el proxenetismo en todas sus formas, que actualmente se tramita en el Congreso. La iniciativa ha sido registrada por las asociaciones Las Independientes, Emargi, La Sur-Feminicidio.net, Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) y Acción contra la Trata (ACT).

Las representantes de estos colectivos feministas acudieron el pasado 7 de octubre a la carrera de San Jerónimo para formalizar el registro. El momento de entrar en la sede de la Cámara baja con sus propuestas bajo el brazo fue vivido como un paso importante por las activistas abolicionistas, en especial por aquéllas que son hoy supervivientes de una forma extrema de violencia sobre las mujeres, como es la prostitución. Acudieron al acto Amelia Tiganus, por Emargi; Vanessa Silva y Kamila Ferreira por Las Independientes; Graciela Atencio por La Sur y María Barrones, por la CIMTM.

El objetivo de esta iniciativa es reforzar y ampliar la actual Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para prohibir el proxenetismo en todas sus formas, con la experiencia de las organizaciones y el conocimiento de las realidades de la prostitución de las supervivientes del sistema. Las firmantes reconocen, de un lado, el esfuerzo de las parlamentarias que promueven avances hacia la abolición de la prostitución en España, y de otro la necesidad de ampliar la Proposición de Ley, con el fin de dar una respuesta efectiva a las víctimas y avanzar hacia la erradicación de la prostitución.

La primera de estas propuestas se refiere a la lucha contra el proxenetismo, dado que las asociaciones y las supervivientes apuntan a que la mención “con ánimo de lucro y de manera habitual” en el articulado es poco concreta y puede suponer una vía de escape para los responsables.

Tanto las supervivientes como el movimiento feminista en España reclaman en todos los foros la necesidad de sancionar a los puteros, beneficiarios últimos de un sistema que hoy pone a su disposición mujeres para ser violadas por precio con toda impunidad.

En el segundo punto propuesto, acerca de las penas para los prostituidores, las supervivientes lo tienen claro: les corresponden sanciones penales como agresores sexuales, ya que la situación de prostitución no puede justificar que haya mujeres cuya libertad sexual tenga menor protección que la de las demás. Considerar que la libertad sexual no puede ser legítimamente comprada lleva necesariamente a conceptualizar la prostitución como una forma de violencia sobre las mujeres, y estas son las premisas que fundan la petición.

En tercer lugar, el documento propone el reconocimiento de las víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista, con el objetivo de lograr la máxima protección equiparable para ellas. Se propone este refuerzo conceptual y legal, sin perjuicio del desarrollo y aplicación de normas y políticas específicas sobre violencia sexual –como sí recoge la Proposición de Ley en trámite– como para las víctimas del sistema prostitucional, en su caso.

Tal como recoge el documento, la consideración como víctimas de violencia machista “traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución”.

Las representantes de asociaciones de supervivientes y de base, ante la fachada del Congreso.

Las proponentes consideran esencial para el impacto de la ley proporcionar a las mujeres en prostitución permisos de residencia y de trabajo desde el momento de su reconocimiento como víctimas, y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo. Por experiencia saben hasta qué punto la situación administrativa irregular impide a las mujeres avanzar en cualquier camino de restablecimiento personal tras la violencia sufrida.

Asociaciones y supervivientes piden también la adición de artículos en la Ley, para la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, un elemento imprescindible de las políticas abolicionistas del que el articulado que se tramita en la Cámara carece por completo. Proponen también la creación de una comisión de seguimiento con participación de expertas y supervivientes del movimiento abolicionista, así como un fondo económico de reparación para las víctimas.

Momento de la entrega del documento con las Propuestas abolicionistas en el Congreso, el pasado 7 de octubre. De izquierda a derecha: María Barrones, Kamila Ferreira, Amelia Tiganus, Graciela Atencio y Vanessa Silva.


TEXTO ÍNTEGRO DE LAS PROPUESTAS REGISTRADAS:

A todos los grupos parlamentarios

Propuestas de asociaciones de base y de las supervivientes de la prostitución sobre la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para prohibir el proxenetismo en todas sus formas.

El objetivo de este documento es reforzar y ampliar la citada Proposición de Ley con la experiencia de las organizaciones de base y el conocimiento de las realidades de la prostitución de las supervivientes del sistema prostitucional. Reconocemos los esfuerzos de las/os parlamentarias/os para avanzar en la lucha por la abolición de la prostitución y su compromiso de incluir a la sociedad civil en este proceso, a la vez que consideramos necesaria la ampliación en el periodo de enmiendas de la citada Proposición de Ley, con el fin de dar una respuesta efectiva a las víctimas y avanzar hacia la erradicación de la prostitución.

  • PRIMERA PROPUESTA:

Con respecto al punto Dos del Artículo Único, redactado en la Proposición de Ley en los siguientes términos:

“Dos. Se introduce un nuevo artículo 187 bis, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 bis. El que, con ánimo de lucro y de manera habitual, destine un inmueble, local o establecimiento, abierto o no al público, o cualquier otro espacio, a promover, favorecer o facilitar la prostitución de otra persona, aun con su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de dieciocho a veinticuatro meses, sin perjuicio de la clausura prevista en el artículo 194 de este Código.

La pena se impondrá en su mitad superior cuando la prostitución se ejerza a partir de un acto de violencia, intimidación, engaño o abuso de los descritos en el apartado 1 del artículo 187.»”

Proponemos la siguiente redacción:

“Dos. Se introduce un nuevo artículo 187 bis, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 bis. El que destine un inmueble, local o establecimiento, abierto o no al público, o cualquier otro espacio, a promover, favorecer o facilitar la prostitución de otra persona, aun con su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de dieciocho a veinticuatro meses, sin perjuicio de la clausura prevista en el artículo 194 de este Código.

La pena se impondrá en su mitad superior cuando la prostitución se ejerza a partir de un acto de violencia, intimidación, engaño o abuso de los descritos en el apartado 1 del artículo 187.»”

Justificación: proponemos la supresión de la mención “con ánimo de lucro y de manera habitual”, ya que consideramos que dificultará la lucha contra el proxenetismo. En efecto, el criterio del ánimo de lucro, por una parte, puede resultar difícil de probar y corre el riesgo de condicionar la penalización de los proxenetas al descubrimiento de los beneficios económicos derivados de la prostitución ajena.

Por otro lado, el criterio “de manera habitual” también corre el riesgo de dejar una vía de escape a los proxenetas, Éstos podrían adaptarse y evitar la responsabilidad legal favoreciendo los alquileres temporales, que ya son frecuentes, y desarrollar así la práctica de lo que se conoce como “prostitución 2.0”.

Asimismo, el concepto “habitual” resulta vago: ¿qué significa “de manera habitual”? ¿2 veces? ¿3 veces? ¿Más de una vez? Esta indeterminación jurídica puede dificultar la persecución de todas las formas de proxenetismo.

  • SEGUNDA PROPUESTA:

Con respecto al punto Tres del Artículo Único, redactado en la Proposición de Ley en los siguientes términos:

“Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 ter.

1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación de contenido económico, será castigado con multa de doce a veinticuatro meses.

2. En el caso de que la persona que presta el acto de naturaleza sexual fuese menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad, se impondrá la pena de prisión de uno a tres años y multa de veinticuatro a cuarenta y ocho meses.

3. En ningún caso será sancionada la persona que esté en situación de prostitución.»”

Proponemos la siguiente redacción:

“Tres. Se introduce un nuevo artículo 187 ter, con la siguiente redacción:

«Artículo 187 ter.

1. El hecho de convenir la práctica de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otro tipo de prestación, será considerado coacción y castigado con multa de doce a veinticuatro meses.

2. En el caso de que la persona que presta el acto de naturaleza sexual fuese menor de edad o persona en situación de vulnerabilidad, se impondrá la pena de prisión de uno a tres años y multa de veinticuatro a cuarenta y ocho meses.

3. En el caso de obtención de actos de naturaleza sexual mediante coacción económica u otras, será castigado con pena de prisión de dos a cuatro años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponderles por las agresiones sexuales cometidas sobre la persona prostituida.

4. En ningún caso será sancionada la persona que esté en situación de prostitución.»”

Justificación: proponemos la sanción con pena de prisión a los prostituidores o compradores de sexo, es decir, aquellos que convengan y lleven a cabo prácticas de actos de naturaleza sexual a cambio de dinero u otras prestaciones no solo en el tipo agravado con víctimas menores o vulnerables, sino con todas las víctimas.

Esta sanción se justifica en el derecho a la libertad e indemnidad sexual de las víctimas, que imposibilita la validez de un consentimiento sexual bajo coacción económica u otras.

Es por tanto la compra de sexo una forma de violencia sexual, y por consiguiente una actuación constitutiva de delito contra la libertad sexual de la víctima. Se entiende como condición de vulnerabilidad la necesidad económica, de modo que la víctima no tiene alternativa real y efectiva para cubrir sus necesidades básicas o las de menores o personas dependientes a su cargo.

Se conoce la gran expansión de la trata con fines de explotación sexual en todos los países que han instaurado la prostitución como “actividad legal” (por ejemplo, Países Bajos o Alemania).

Los países que han admitido el “proxenetismo consentido” validan que la mujer pueda autorizar su explotación, lo cual es contrario a instrumentos internacionales (Explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género, Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014: apartados 1, 2, y 29) y al Pacto de Estado contra la Violencia de Género que contiene tres medidas muy claras para reducir la demanda de prostitución (Medidas de la mesa del Congreso 197, 198 y 199).

No puede obviarse que la prostitución, bajo el paraguas del “proxenetismo consentido”, afecta a mujeres sin recursos económicos y extraordinariamente vulnerables, y consentir el negocio constituye una protección del explotador que siempre se escudará en el “consentimiento” de la mujer.

Existe una clara vinculación entre el “proxenetismo consentido” y las mujeres en situación de pobreza, marginación y extremadamente vulnerables. Para erradicar la prostitución es necesario neutralizar al “cliente de la prostitución”.

Ningún instrumento internacional ni la normativa vigente en el Estado español reconoce el “trabajo sexual” ni este puede constituir un derecho.

  • TERCERA PROPUESTA:

Con respecto a la Disposición final primera, redactada en la Proposición de Ley en los siguientes términos:

“Disposición final primera. Reconocimiento del carácter de víctimas.

Se reconoce a todos los efectos la condición de víctimas directas del artículo 2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, a las personas que estén en situación de prostitución como consecuencia de las conductas previstas en el apartado 2 del artículo 187 y en el artículo 187 bis del Código Penal.

Estas personas gozarán igualmente de todos los derechos de asistencia integral que se reconozcan en la legislación sobre libertad sexual.”

Proponemos la siguiente redacción:

“Disposición final primera. Reconocimiento del carácter de víctimas.

Se reconoce a todos los efectos la condición de víctimas directas del artículo 2 de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, a las personas que estén en situación de prostitución como consecuencia de las conductas previstas en el Título VIII Delitos contra la libertad sexual, Capítulo V De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.

Estas personas gozarán igualmente de todos los derechos de asistencia integral que se reconozcan en la legislación sobre libertad sexual.

Se reconocen como víctimas de violencia machista o violencia de género a todas las mujeres y niñas en situación de prostitución, y les serán de aplicación todas las medidas legales destinadas a su protección integral.”

Justificación: proponemos el reconocimiento de las mujeres víctimas de la prostitución como víctimas de violencia machista. De modo que sean de aplicación para ellas, sin perjuicio de otras específicas, las protecciones y medidas recogidas no solo en la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, sino también en la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género, el Pacto de Estado contra la violencia de género y cualquier norma de nuestro ordenamiento jurídico que ampare a las víctimas de la violencia machista.

Esta propuesta se justifica en dos argumentos:

De un lado, lograr la máxima protección legal equiparable para las mujeres en situación de prostitución, gracias a la experiencia y normativa conseguida en nuestro país en la lucha contra la violencia machista. Así, si bien la citada Ley Orgánica 1/2004 fue redactada de forma restringida a la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja, la ratificación del Convenio de Estambul del Consejo de Europa en 2014 y las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 10/2022, implican la necesidad de consolidar una legislación con una interpretación de la violencia de género o violencia machista no restrictiva a un tipo de relación entre víctima y victimario.

De otro lado, la consideración como víctimas de violencia machista o violencia de género –entendida en esta acepción ampliada– traslada a la sociedad española y al ordenamiento jurídico la concepción de la prostitución como una forma de violencia machista. Es precisamente esta conceptualización el anclaje más seguro para las políticas públicas que se deriven de ella, en el marco del abordaje de derechos humanos o abordaje abolicionista de la prostitución. Se justifica esta necesidad en la realidad de la existencia de un sistema prostitucional que actúa como una verdadera industria criminal basada en la explotación sexual de mujeres y niñas, cuya legitimación social es incompatible con el principio de igualdad entre los sexos que se predica en nuestra sociedad.

Incidimos especialmente en la necesidad de este reconocimiento con perspectiva de género para todo lo relativo a las víctimas en situación administrativa irregular, propiciada por la mecánica de actuación de las redes de tratantes y proxenetas. Es imprescindible para estas víctimas atender a sus derechos humanos por encima de normativas de inmigración, y proporcionarles permiso de residencia y de trabajo desde el momento de su reconocimiento como víctimas de violencia machista y la suspensión de cualquier expediente abierto con anterioridad por este motivo.

Esta disposición es esencial para el impacto de la ley: un gran número de víctimas son extranjeras en situación irregular y la precariedad de su situación migratoria refuerza el dominio de los proxenetas sobre ellas y dificulta su salida de la prostitución.

  • CUARTA PROPUESTA:

Adición de artículos:

Adición de la creación de una Comisión mixta de seguimiento y evaluación de la aplicación de la Ley. Esta Comisión incluiría a parlamentarios/as, expertas/os abolicionistas y a mujeres supervivientes del sistema prostitucional. Como órgano consultivo, se reuniría al menos una vez al año y haría propuestas y recomendaciones para la buena implementación de la Ley. Lo que hemos aprendido de la experiencia de los países que han adoptado políticas abolicionistas es que la lucha por aplicar el modelo es al menos tan dura como la lucha por conseguir la Ley. Esta comisión sería una herramienta muy valiosa para apoyar una aplicación ambiciosa de la Ley.

Adición de la implementación de medidas de prevención, formación y sensibilización contra el sistema prostitucional, dirigidas a la sociedad en general y a los agentes implicados.

Adición de la creación de un Fondo Económico suficiente para cubrir las necesidades de las políticas de reparación y reinserción integral de las víctimas, con cargo a los Presupuestos Generales de Estado, para cuya dotación podría destinarse el valor de los bienes incautados a los delincuentes del sistema prostitucional.

PROPUESTAS

En Madrid, a 7 de octubre de 2022