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Denuncian menos, son más vulnerables y sufren todas las formas de maltrato: así es la violencia de género en las mujeres mayores

Con el objetivo de visibilizar la doble discriminación que sufren las mujeres mayores víctimas de violencia de género y aportar herramientas para su abordaje interdisciplinar desde servicios especializados o no en violencia de género, desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) organizamos el pasado 13 de marzo, la jornada «Violencia de género en mujeres mayores: las grandes olvidadas».

El acto fue presentado y moderado por María José Carretero González (Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres) y contó con la intervención de las siguientes expertas en la materia: Natividad Hernández Claverie Gala (Psicóloga Clínica Experta en Violencia de Género), Vanessa Céspedes Larreinegabe (Cruz Roja. Referente del Servicio ATENPRO, Programa de Mujeres en Dificultad Social), Begoña Dorado del Águila (Cruz Roja. Referente del proyecto Buen Trato, Programa de Personas Mayores) y Susana Martínez Novo (Abogada especializada en derecho en familia y violencia de genero. Presidenta de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres).

Las mujeres mayores son las más vulnerables, las que menos denuncian y las que viven los casos más urgentes. Por eso la forma de trabajar debe ser diferente con las mujeres jóvenes y con las mujeres mayores. Natividad Hernández comenzó su intervención hablando sobre los obstáculos en el abordaje de la violencia de género en mujeres mayores, siendo la dependencia económica uno de los más significativos.

La falta de recursos económicos dificulta la posibilidad de considerar el divorcio como una opción viable, aseguró Natividad. A ello se unen, la falta de formación y las creencias arraigadas en una sociedad machista, ya que incrementa la vulnerabilidad y la probabilidad de denunciar el maltrato.

A su vez, la invisibilización de la violencia y la normalización de esta dentro del matrimonio también son obstáculos importantes, «La violencia sexual era absolutamente admitida dentro del matrimonio» afirmó Natividad.

A menudo, estas mujeres no se reconocen a sí mismas como víctimas debido a la interiorización de los roles de género y la violencia.

Muchas veces les preguntamos qué harían si viesen que sus hijas pasan por la misma situación de violencia, y entonces rápidamente contestan que lo denuncien y lo cuenten. Es difícil romperles los esquemas que tienen interiorizados, además, esto no debe ser función de una psicoterapeuta, sino de toda la sociedad.» afirmó la psicóloga, en base a sus años de experiencia.

Por su parte, Vanessa Céspedes y Begoña Dorado hablaron de los resultados obtenidos en el estudio realizado por Cruz Roja, “Violencia de género en mujeres mayores” y de los recursos del servicio ATENPRO y el proyecto Buen trato a las personas mayores.

Una generación silenciada

“Muchas de estas mujeres están socializadas en una cultura patriarcal donde el valor principal es el matrimonio y ser madre. Es una generación silenciada. Ellas perciben la violencia de género como un fracaso personal y vital, en ningún momento hay una toma de conciencia de la violencia estructural que supone la violencia de género.” expresó Vanessa, antes de poner sobre la mesa algunos de los resultados del estudio mencionado, como que el 98% de las mujeres tienen nacionalidad española, el 55% ha sufrido violencia durante más de 30 años, o que, el 70% de las mujeres señala que sus hijos e hijas han presenciado alguna de las agresiones sufridas.

En cuanto a los obstáculos para salir de la relación, Vanessa destacó los siguientes hallazgos extraídos del estudio promovido y coordinado por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género: el 35% manifestó el miedo a que las mataran, 32% evitar el sufrimiento de sus hijos e hijas, 32% no tenían dónde ir si se marchaban de casa, 13% no se admitían denuncias por este motivo y 7% su familia no las habría apoyado.

Por su parte, Begoña se centró en el Servicio telefónico de Atención y Protección para víctimas de violencia contra las mujeres (ATENPRO), un recurso de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad, el cual tiene encomendada la gestión a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). La actual adjudicataria del Servicio es Cruz Roja. También habló del proyecto Buen trato a las personas mayores, cuyo objetivo es Contribuir en la mejora de la calidad de vida de las personas mayores en su proceso de envejecimiento, reduciendo las desigualdades de género identificadas.

Para finalizar el encuentro, Susana Martínez Novo, desarrolló su intervención señalando la falta de datos específicos en la legislación respecto a las mujeres mayores. Si bien es cierto que las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial proporcionan información sobre procedimientos y órdenes de protección, no desglosan los datos por edad. Sin embargo, las estadísticas del Ministerio de Igualdad sí lo hacen, revelando que, en 2023, ocho mujeres mayores de 65 años fueron asesinadas a causa de la violencia de género. Por tanto, la falta de desagregación de datos dificulta la comprensión y atención específica hacia estas mujeres.

Por otro lado, y en relación a la valoración del riesgo, desde la CIMTM, se ha insistido en la importancia de una evaluación multidisciplinar del riesgo en los juzgados por parte de las unidades de valoración forense, que vaya más allá de la mera valoración numérica.

La violencia económica persiste tras la ruptura

En referencia a los procesos civiles de separación y divorcio, Susana señaló que, en función de los datos disponibles, a partir de los 50 años las mujeres encuentran muy difícil tomar la decisión de divorciarse, lo que indica una renuncia a replantearse la ruptura de la pareja en edades más avanzadas.

Además, Susana profundizó en uno de los principales obstáculos para estas mujeres a la hora de denunciar: la dependencia económica. La gran mayoría de las mujeres víctimas de violencia de género han sido relegadas al hogar mientras sus maridos asumían el papel de proveedores. La violencia económica, mediante el control de los recursos, dificulta la presentación de denuncias e incluso persiste después de la ruptura “A través del impago de las pensiones alimenticias de los hijos, de las pensiones compensatorias y de las cargas hipotecarias”.

Sin embargo, la edad avanzada puede motivar a algunas mujeres a denunciar, especialmente cuando ya no tienen nada que perder y la violencia se intensifica con la jubilación del agresor. Una vez que deciden denunciar, su percepción del riesgo de sufrir nuevas agresiones es significativa. Sin embargo, la duración de los procesos judiciales y la burocracia implicada pueden llevarlas a retractarse, sometiéndolas a una revictimización insoportable.

En este sentido, Susana puso en valor, el trabajo que se realiza con las mujeres desde la CIMTM, a través del Programa Fortaleza, a través del cual, la trabajadora social recopila toda esa información con las mujeres para aliviar la burocracia y que no se convierta en un freno a la hora de continuar con la denuncia.

En cuanto a las herramientas y novedades legislativas, la presidenta de la CIMTM, mencionó la reforma de la LOVG producida por la nueva Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, ya que permite indemnizar no solo el daño moral, sino también el daño social. Esto es especialmente relevante para mujeres que se vieron aisladas socialmente debido a su situación de violencia.

Para Susana, desde el ámbito judicial es crucial asegurar la información y el acompañamiento psicosocial para estas mujeres, así como reducir los tiempos de espera para las resoluciones judiciales. También recomendó solicitar la reparación del daño social en los procesos judiciales, reconociendo así el sufrimiento que las mujeres de esta generación enfrentan.

En definitiva, para avanzar en la lucha contra la violencia de género en mujeres mayores se deben incrementar los recursos materiales, facilitando su acceso a vivienda y ayudas económicas, así como proporcionándoles acompañamiento para acceder a recursos y realizar trámites burocráticos.

Desde la Comisión para la investigación de Malos Tratos a Mujeres consideramos esencial escuchar y no juzgar a las mujeres de esta generación, reconociendo su presencia y su importancia en nuestras vidas, pues son las que más violencia han sufrido, y es hora de asegurar que reciban la atención y el apoyo que merecen.

Como entidad especializada en la atención integral a mujeres en situación de violencia de género, a través del Programa Fortaleza y el teléfono de atención gratuito 900 100 009, consideramos fundamental la coordinación entre los diferentes servicios y administraciones implicadas en garantizar los derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género, para asegurar su acceso a los servicios y el apoyo que necesitan para vivir vidas seguras y libres de violencia.

Pueden visualizar la jornada en este enlace

La CIMTM organiza la jornada «Violencia de género en mujeres mayores: las grandes olvidadas»

La violencia de género es un problema social y estructural que afecta a mujeres de todas las edades en todo el mundo. Sin embargo, a menudo se pasa por alto la violencia que enfrentan las mujeres mayores, a pesar de que constituyen un grupo especialmente vulnerable debido a que se encuentran en una situación de mayor riesgo y presentan mayores dificultades para poner fin a las relaciones de violencia. Esta vulnerabilidad se acentúa cuando se unen a la edad, el deterioro físico – mental y factores económicos o geográficos. Además, cabe señalar la soledad y falta de apoyo que sufren muchas de estas mujeres durante la vejez, aumentando la dificultad en la detección, visibilización de las situaciones de maltrato y la presentación de denuncias.

Las mujeres mayores experimentan la discriminación de género en mayor medida que las mujeres jóvenes, así como la discriminación por edad en mayor medida que los hombres mayores. Esta doble discriminación está en la base de la invisibilidad de la violencia de género contra las mujeres mayores, tal y como señala el Estudio sobre las mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género, realizado por Cruz Roja Española con apoyo de la Universidad Carlos III de Madrid.

En 2023, ocho de las 58 mujeres que fueron asesinadas a causa de la violencia de género, tenían más de 60 años, según las estadísticas de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de género. Teniendo en cuenta que el asesinato es la punta del iceberg de una violencia soterrada y prolongada en el tiempo, para combatir la violencia de género hacia las mujeres mayores es imprescindible adoptar un enfoque holístico que reconozca y aborde los desafíos únicos que enfrentan.

En este sentido, con el objetivo de visibilizar la doble discriminación que sufren las mujeres mayores víctimas de violencia de género y aportar herramientas para su abordaje interdisciplinar desde servicios especializados o no en violencia de género, desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres (CIMTM) hemos organizado la jornada «Violencia de género en mujeres mayores: las grandes olvidadas».

El acto tendrá lugar el próximo 13 de marzo, a las 18:30, en la sala 101 del Instituto Internacional (C. Miguel Ángel, 8, Madrid) y contará con la participación de las siguientes expertas en la materia:

– Natividad Hernández Claverie Gala. Psicóloga Clínica Experta en Violencia de Género

– Begoña Dorado del Águila. Cruz Roja. Referente del proyecto Buen Trato, Programa de Personas Mayores.

-Vanessa Céspedes Larreinegabe. Cruz Roja. Referente del Servicio ATENPRO, Programa de Mujeres en Dificultad Social.

-Susana Martínez Novo. Abogada especializada en derecho en familia y violencia de genero. Presidenta de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres.

Desde la CIMTM, como entidad especializada en la atención integral a mujeres en situación de violencia de género, a través del Programa Fortaleza y el teléfono de atención gratuito 900 100 009, consideramos fundamental la coordinación entre los diferentes servicios y administraciones implicadas en garantizar los derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género, para asegurar su acceso a los servicios y el apoyo que necesitan para vivir vidas seguras y libres de violencia.

La jornada se dirige tanto a profesionales de servicios sociales y salud, como a público general, y habrá un turno de preguntas para resolver cualquier cuestión de interés. 

Para asistir será necesario reservar plaza escribiendo un correo a comision@malostratos.org o rellenando este formulario 

Participación en Jornadas “Violencia de género en mujeres con trastorno mental grave” (Parte I)

Desde nuestra organización observamos con preocupación que pese a los avances experimentados en el plano legislativo, en el cual España es sin duda referente internacional, existe todavía una desigualdad real patente, doblemente negativa cuando hablamos de mujeres con algún tipo de trastorno mental y/o en situación de discapacidad.

Según la bibliografía analizada el término trastorno mental severo (TMS) cuenta con un significativo consenso científico, para referirse a los trastornos mentales graves de duración prolongada y que conllevan un grado variable de discapacidad y disfunción social (Gisbert, 2002).

Se considera TMS cuando además del diagnóstico, que generalmente incluye esquizofrenia, desorden bipolar, depresión mayor y trastornos de la personalidad (Mueser, Bond y Drake, 2001), concurre una duración prolongada del trastorno, que en muchos casos es de carácter crónico, además de la presencia de discapacidad con una evidente dificultad para el desenvolvimiento autónomo en la vida personal y social (NIMH, 1987).

En este contexto, la Violencia de Genero en relación con las mujeres y niñas con trastornos mentales, al igual que las que sufren algún tipo de discapacidad presenta características de base fundamentales, que suponen una barrera inicial, para la lucha contra este tipo de agresiones:

LA INVISIBILIDAD. Es notorio que las mujeres con estas patologías por sus circunstancias específicas pueden sufrir mayores abusos, y sin embargo lo hacen de una forma mucho más silenciosa e invisible.

LA NORMALIZACION que puede producirse al sufrir estas violencias desde edades muy tempranas y de forma continuada y estructural.
En íntima relación con lo anterior la falta de conciencia y transcendencia de las violencias que sufren.

AUMENTO DEL RIESGO: El estigma de la enfermedad hace que en muchas ocasiones sean personas con poca participación social, aisladas, y con escasos apoyos personales, lo que facilita al maltratador ser agresor de violencia. Como consecuencia de ello, para las mujeres aquejadas de enfermedades mentales, se incrementa el riesgo de sufrir actos de violencia género.

LA DEPENDENCIA: Por la dificultad que presentan estas personas para el desenvolvimiento autónomo en su vida personal y social.

Desde otro punto de vista, ser víctima de violencia de género te hace ser más vulnerable a padecer trastornos de salud mental como ansiedad, depresión, trastornos adaptativos, estrés postraumático, adicciones, trastornos de conducta alimentaria, etc.

Algunos datos relevantes( macro encuesta 2019):

  • El 17,5% de las mujeres con discapacidad que han sufrido VFSEM de alguna pareja o expareja dicen que su discapacidad es consecuencia de la violencia de sus parejas. Este porcentaje asciende al 23,4% en el caso de las mujeres con discapacidad que han sufrido violencia física o sexual.
  • Entre las mujeres que tienen una discapacidad y han sufrido violencia sexual fuera de la pareja alguna vez en su vida, el 14,3% dicen que la discapacidad es consecuencia de estos episodios de violencia sexual.
  • La violencia sexual tiene consecuencias en la salud de las mujeres afectadas que perduran en el tiempo y esto hace que asistan con mayor frecuencia a diversos servicios de atención sanitaria, aunque los episodios de violencia sexual hayan sucedido en el pasado. Así, por ejemplo, el 43,7% de las mujeres víctimas de violencia sexual y el 58,8% de las que han sido violadas afirman haber utilizado algún servicio de urgencias por algún problema o enfermedad suyo en los 12 meses previos a las entrevistas, frente al 28,3% de las que nunca han sufrido violencia sexual.
    Por ello considero que para empezar es fundamental romper la invisibilidad que todavía existe respecto a estas personas, MEDIANTE LA PREVENCION Y LA DETECCION.

Por ello consideramos fundamental romper la invisibilidad que todavía existe respecto a estas personas, mediante la prevención y detección.

Es muy importante que desde los Servicios de salud así como desde los Servicios Sociales, Centros de Dia o residenciales, Centros ocupacionales etc….a los que acude la víctima se extremen las medidas de detección de situaciones de violencia de que puedan estar sufriendo.

En el mismo sentido que los profesionales de dichos Servicios tengan una formación específica y directrices adecuadas para lograr una intervención que pueda favorecer espacios de intimidad con la mujer que tiene afectadas sus capacidades mentales y para explorarla de forma acorde a su situación personal.

Un dato relevante e ilustrativo en relación a la invisibilidad de estas mujeres y niñas, el hecho de que ni en el Plan de contingencia contra las violencias de genero ante la crisis del covid-19 ni en el Real Decreto-ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, se haga ninguna mención específica a medidas destinadas a las personas con discapacidad.

Desde el punto de vista de la tutela judicial, las organizaciones vienen reclamando desde hace años una respuesta institucional, que pasa porque las víctimas de violencia de género tengan acceso a la Justicia en condiciones de igualdad en relación a las víctimas de otros delitos, y por supuesto sin que existan desigualdades estructurales por motivos de discapacidad, incluida la que afecta a la salud mental.

Legislación vigente

En cuanto a nuestra legislación cabe destacar que la L.O 1/2004, de 28 de diciembre de 2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, contiene diversas menciones a las personas con discapacidad.

Especialmente, en su Título II y en referencia a “Los derechos de las mujeres víctimas de la violencia de género”, al referirse al derecho a la información en su Artículo 18, aptdo. 2, señala que: “Se garantizará, a través de los medios necesarios, que las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género tengan acceso integral a la información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes. Esta información deberá ofrecerse en formato accesible y comprensible a las personas con discapacidad, tales como lengua de signos u otras modalidades u opciones de comunicación, incluidos los sistemas alternativos y aumentativos”

Por otra parte, la LEY 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, también introduce determinados preceptos relativos a la tutela judicial y el acceso a la justicia de las personas que padecen este tipo de trastornos.

Nuevos artículos introducidos en la Ley 8/2021.

Enjuiciamiento Civil .

Artículo 7 bis. 1.

En los procesos en los que participen personas con discapacidad, se realizarán las adaptaciones y los ajustes que sean necesarios para garantizar su participación en condiciones de igualdad.

Dichas adaptaciones y ajustes se realizarán, tanto a petición de cualquiera de las partes o del Ministerio Fiscal, como de oficio por el propio Tribunal, y en todas las fases y actuaciones procesales en las que resulte necesario, incluyendo los actos de comunicación.

Las adaptaciones podrán venir referidas a la comunicación, la comprensión y la interacción con el entorno.

2. Las personas con discapacidad tienen el derecho a entender y ser entendidas en cualquier actuación que deba llevarse a cabo. A tal fin:

a) Todas las comunicaciones con las personas con discapacidad, orales o escritas, se harán en un lenguaje claro, sencillo y accesible, de un modo que tenga en cuenta sus características personales y sus necesidades, haciendo uso de medios como la lectura fácil. Si fuera necesario, la comunicación también se hará a la persona que preste apoyo a la persona con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica.

b) Se facilitará a la persona con discapacidad la asistencia o apoyos necesarios para que pueda hacerse entender, lo que incluirá la interpretación en las lenguas de signos reconocidas legalmente y los medios de apoyo a la comunicación oral de personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

c) Se permitirá la participación de un profesional experto que a modo de facilitador realice tareas de adaptación y ajuste necesarias para que la persona con discapacidad pueda entender y ser entendida.

d) La persona con discapacidad podrá estar acompañada de una persona de su elección desde el primer contacto con las autoridades y funcionarios.