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Los gobiernos alemán y francés defraudarán a todas las mujeres y niñas de Europa ¿Una táctica para boicotear la directiva?

Desde la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, como integrantes del European Women’s Lobby (EWL) y entidad que ha participado activamente en campañas de incidencia política para la consecución de una ambiciosa Directa de la UE para combatir la Violencia contra la mujer, suscribimos el comunicado del EWL e instamos al Parlamento Europeo para que garantice la adopción de esta Directiva antes de las elecciones europeas, y evitar así que los Estados miembros de la UE pongan en peligro esta ley tan esperada para defender los derechos humanos de las mujeres en Europa

Organizaciones de mujeres de toda Europa estamos indignadas por la lamentable decisión de los gobiernos de Francia y Alemania de persistir en bloquear una definición de violación basada en el consentimiento (tal y como establece el Convenio de Estambul) en la propuesta de Directiva sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.

Reconocemos  y valoramos positivamente que 13 Estados miembros (Austria, Bélgica, Croacia, Chipre, Grecia, Finlandia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Polonia, Eslovenia, España y Suecia) hayan apoyado la inclusión del artículo 5 sobre la violación. Sin embargo, la posición de Francia y Alemania -que mantienen una minoría de bloqueo- ha hecho imposible que la Presidencia belga apoye el artículo sobre violación (una de las formas más brutales y atroces de violencia contra las mujeres) en el texto de compromiso de la Directiva. Sospechamos que detrás de esta decisión se esconde una intención de evitar que la Directiva salga adelante y logre ver la luz. En consecuencia, la decisión del Consejo pone inadmisiblemente en peligro toda la Directiva en las últimas semanas de las negociaciones antes del final de este mandato político.

Nos sentimos sumamente decepcionadas por los gobiernos de Francia y Alemania, que han permanecido indiferentes ante los incesantes esfuerzos y llamamientos de organizaciones de mujeres, ciudadanos y expertos/as jurídicos para que la violación se tipifique como delito y para que todas las mujeres y niñas de Europa tengan los mismos derechos en toda Europa. Está claro que esta decisión es totalmente hipócrita si se tiene en cuenta que la definición de violación basada en el consentimiento ya está contemplada en el Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, el llamado Convenio de Estambul. Francia, Alemania y la UE son partes en el Convenio de Estambul y, por tanto, ya están obligadas por sus disposiciones.

Con la aprobación de la Directiva se establecerían normas mínimas para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica:

  • Armonizar las definiciones de al menos siete formas de violencia contra las mujeres: intercambio no consentido de material íntimo o manipulado; ciberacoso; ciberhostigamiento; recepción no solicitada de material sexualmente explícito, y ciberincitación al odio; mutilación genital femenina y matrimonio forzado.
  • Ofrecer un paquete completo de derechos a las víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres y violencia doméstica (según las definiciones nacionales) estableciendo normas mínimas para la denuncia y el acceso a la justicia, la intervención temprana, la protección y el apoyo a las víctimas.
  • Establecer normas mínimas para la recogida de datos y garantizar mecanismos de coordinación.

¿Por qué es necesaria esta Directiva?

Porque 2.300 mujeres son asesinadas cada año en Europa a manos de sus parejas o ex parejas. Una de cada 3 mujeres ha sido víctima de violencia física y/o sexual y una de cada 2 mujeres ha sufrido acoso sexual desde los 15 años. El 7 % de las mujeres que han sufrido acoso cibernético también han sufrido al menos una forma de violencia sexual y/o física perpetrada por su pareja (FRA, 2014).

En una época en la que un número creciente de mujeres y niñas en la UE se sienten tan desprotegidas, llegando al punto de considerar el suicidio su única opción tras haber sido víctimas de abuso sexual basado en la imagen, ciberacoso o ciberacoso , necesitamos una Directiva que proporcione por primera vez un marco adecuado y ambicioso de definiciones jurídicas para abordar todas las formas de ciberviolencia.

En el marco de las últimas semanas de negociaciones previas a la próxima (y última) reunión del Triálogo, junto al EWL pedimos al Consejo, bajo el liderazgo de la Presidencia belga, que esté dispuesto a adoptar un texto de compromiso que responda a las exigencias del Parlamento Europeo.

Lamentamos profundamente la decisión del Consejo de excluir artículos clave de la Directiva, como el artículo sobre la violación y la definición del acoso sexual en el lugar de trabajo y la esterilización forzada y esperamos que el Consejo haga compromisos significativos para mejorar el texto de acuerdo con las peticiones del Parlamento Europeo.

Es hora de hacer de la violencia contra las mujeres y las niñas una prioridad política. Europa puede cambiar las cosas. No dé carpetazo a la Directiva, ¡apruébela ya!

La influencia de la CEDAW y sus recomendaciones en las políticas nacionales

El Lobby Europeo de Mujeres en España , con el apoyo del European Women’s Lobby (EWL), organizó un ciclo de seminarios dedicado a uno de los mecanismos internacionales más importantes en la defensa de los derechos de las mujeres: La Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW). 

Para conocer en profundidad todos los aspectos relacionados con la CEDAW, el El LEM contó con mujeres expertas en la lucha por los derechos de las mujeres y su protección frente a todas las formas de violencia machista, entre ellas, la Presidenta y abogada de la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres, Susana Martínez Novo, quien abordó los retos a los que se enfrenta la CEDAW en la actualidad y su influencia y recomendaciones en las políticas nacionales.

¿Qué es la CEDAW?

La Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW) no solo obliga a los Estados Partes a sancionar la discriminación frente a la mujer, sino también a prevenirla, siendo de aplicación tanto en el espacio público como en el privado.

La Convención abarca no solo la protección de los derechos de las mujeres frente al Estado, sino que aborda también los hechos entre particulares afirmando que los Estados deben garantizar la no discriminación en el plano «horizontal».

El análisis de la documentación del procedimiento CEDAW, constituye una herramienta válida para estudiar el estado de los derechos humanos de las mujeres y las políticas de igualdad en España, así como para conocer las demandas y aspiraciones del movimiento feminista en torno a los mecanismos internacionales de derechos humanos. Y ello porque tanto las Observaciones finales a los estados y entre ellos a España, como los informes sombra aportan información relevante sobre los impactos a nivel nacional de la implementación de la Convención y sus recomendaciones.

Los tres principios fundamentales en los que basa su actuación el Comité CEDAW son:

1. La igualdad sustantiva, que va más allá de la mera igualdad legal, aspirando a un cambio real y tangible en el status de las mujeres.

2. La no discriminación, principio definido en el artículo 1 de la Convención y que comprende tanto la discriminación directa como la indirecta, por medio de una norma o política.

3. La diligencia debida por parte de los Estados que voluntariamente aceptan las obligaciones que comporta la Convención en materia de legislación (art. 2), de políticas activas (art. 3) y de rendición de cuentas mediante los procedimientos previstos en el Tratado (Facio y Morgan, 2009).

Impacto de la CEDAW en tres dimensiones:

1. El Impacto de la convención sirve de inspiración y legitimación internacional de las leyes de igualdad y contribuye a la proyección internacional del movimiento feminista.

2. El Impacto del proceso de revisión en el que tienen participación activa distintos agentes:

– El Estado, que debe rendir cuentas.

– La Sociedad Civil, mediante el movimiento feminista, que elabora los llamados Informes Sombra.

– El comité, que tras un análisis de la situación de cada país emite sus observaciones finales.

3. El Protocolo Facultativo como mecanismo para denunciar la violación de los derechos reconocidos en la convención, siempre que se hayan agotado todos los recursos de la jurisdicción interna del país.

El resultado de la aplicación del Protocolo es doble, pues supone, la reparación del daño a la víctima y la capacidad para hacer recomendaciones de carácter general que eviten nuevos casos similares.

En cuanto al impacto de las denuncias efectuadas por particulares por medio del Protocolo facultativo, en España,  el caso de Angela González Carreño debería servir de ejemplo, no solo a las resoluciones judiciales en materia de familia, sino también a las buenas prácticas de todos los agentes que intervienen.

Ángela González denunció a la Administración de Justicia española frente a la CEDAW, que emitió un informe de condena al Estado español por falta de diligencia debida en las actuaciones judiciales. Recordemos que Angela González había interpuesto 51 denuncias exigiendo que se prohibieran las visitas no supervisadas de su hija  con su padre, condenado por malos tratos. Ninguna de ellas tuvo efecto, hasta que en una de estas visitas el padre la asesinó y posteriormente se quitó la vida con el mismo arma.

Aplicación de la CEDAW en España

La CEDAW en España ha servido para legitimar leyes que suponían importantes avances en materia de igualdad , como lo fue la ley 1/2004 de Medidas integrales contra la Violencia de Género y la ley 3/2007 de igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

A inicios del año 2013, un nutrido grupo de más de 60 asociaciones feministas y de desarrollo, crea la Plataforma CEDAW SOMBRA, que actualmente cuenta con más de 200 organizaciones que siguen trabajando día a día en el seguimiento del cumplimiento por parte de España de la Convención CEDAW.

Desde entonces, CEDAW SOMBRA ha presentado varios informes:

  • En 2015, el informe presentado, supuso una línea importante de referencia para las políticas públicas de igualdad, ya que puso sobre la mesa la necesidad de realizar evaluaciones del impacto de género de las políticas de austeridad.
  • En el informe de 2019, se llevó a cabo un análisis del cumplimiento de las 46 observaciones del Comité a España realizadas en julio de 2015.
  • Actualmente se está trabajando en el último informe, – sobre las observaciones a la lista de preguntas efectuadas por el Comité a España – que no ha podido ser hecho público todavía, debido al retraso que se está produciendo en el proceso de evaluación del Estado Español.

¿Cómo trabaja la Plataforma CEDAW SOMBRA?

La Plataforma CEDAW SOMBRA está formada por un amplio número de organizaciones feministas, entre ellas La Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres.

En cuanto a la estructura de la organización, existen distintas Comisiones de trabajo, formadas por mujeres expertas para abordar las diversas temáticas objeto de análisis:

  • Violencia de género y trata de mujeres y niñas
  • Educación y cultura.
  • Empleo y derechos económicos
  • Participación política.
  • Salud y derechos sexuales y reproductivos.
  • Cooperación internacional.

Debemos destacar la importancia de los informes sombra. Éstos se basan en la propia experiencia y conocimientos de las organizaciones feministas  y sirven de contrapunto a la información oficial que emite el Gobierno del estado en las revisiones periódicas.

En las observaciones finales del Comité se introducen paulatinamente distintos temas, entre ellos:  la necesidad de formación y coordinación en la intervención en materia de Violencia de género, brecha salarial, estereotipos de género en la publicidad, educación sexual o la necesidad de implementar medidas de acción positiva. 

Según la experiencia como abogada de Susana Martínez Novo

  Los instrumentos internacionales, a excepción de que sean necesarios para fundamentar aspectos procesales como la competencia judicial, son absolutamente ajenos a la praxis de los jueces, que los ven como una declaración genérica de intenciones y no como algo aplicable al caso concreto.

Los retos: ¿Qué esperamos en el futuro?

Si bien es cierto que España estaba avanzando notablemente tanto a nivel legislativo como social, también lo es que las crisis económicas y sanitarias ponen de manifiesto que sigue existiendo una discriminación estructural hacia las mujeres, que se hace más patente en estas situaciones.

El Ejemplo más inmediato lo encontramos  en el indiscutible impacto que ha tenido el COVID en la Violencia de género, tanto en materia de empleo, afectando de manera desproporcionada en el desempleo a las mujeres, como en el área de los cuidados, que han recaído fundamentalmente en las mujeres.

En palabras de Susana Martínez Novo;

El gran reto ahora es acabar con estas discriminaciones estructurales, y para ello es necesario insistir en que falta perspectiva de género en las políticas públicas. Tanto a la hora de legislar y de aplicar la legislación, como de cara a la adopción y fomento de medidas de acción positiva que incluyan esta perspectiva de género.

Como concusión de este ciclo dedicado a la CEDAW podemos destacar la necesidad inmediata de evaluar el impacto de género que ha tenido la crisis del COVID 19 y la adopción de medidas de acción positiva para la recuperación y salida de la crisis que incluyan esta perspectiva de género, pues solo así se garantizará el cumplimiento de la Convención CEDAW.

Si te perdiste el último Ciclo de seminarios sobre La CEDAW organizado por El Lobby Europeo de Mujeres en España, con el apoyo del European Women’s Lobby (EWL), puedes ver el evento completo cliqueando sobre la siguiente imagen.

 

 

El caso de la Manada; el movimiento feminista español destaca la necesidad de una definición legal uniforme de violación en Europa

[Bruselas, 22 de mayo de 2018] La violación sigue siendo una de las formas más devastadoras de violencia contra la mujer, pero con demasiada frecuencia es un tema tabú y, por lo tanto, permanece envuelta en silencio. El 26 de abril, la Audiencia Foral de Navarra publicó su sentencia sobre el espeluznante caso de La Manada que causó conmoción en toda Europa.

Nuestros miembros, LEM España, junto con decenas de miles de manifestantes salieron a las calles de las principales ciudades españolas para protestar contra la decisión del tribunal sobre el caso. Las increíbles acciones de nuestros miembros y la reacción de la sociedad española han llevado al gobierno español y a todos los partidos políticos a reconocer la necesidad de definir mejor el delito de violación.

El caso de La Manada abrió un debate nacional en España sobre la definición legal de violación y los aspectos específicos que los órganos judiciales deben considerar al revisar tales casos. Lo que es clave en este caso es que no se consideró la «intimidación», lo que condujo a una condena basada en el «Asalto Sexual» y no en la «Violación».

La respuesta del movimiento feminista español pone de relieve un fallo crítico visto en toda Europa. En la actualidad, los Estados miembros de la UE tienen diferentes definiciones de lo que constituye violación; lo que se necesita es la misma definición jurídica en toda Europa para garantizar que las mujeres y las niñas dispongan de los mejores procesos penales posibles para el enjuiciamiento de los perpetradores.

Las acciones del movimiento feminista y, en particular, de nuestros miembros en España, no sólo han planteado este tema en la agenda política nacional, sino también en toda Europa. Como explica la Secretaria General de LEM España, Teresa Nevado Bueno, «hemos llevado el problema a toda Europa y hemos planteado la necesidad de un análisis y cambios más adecuados en todas las legislaciones europeas».

En 2013, el Lobby Europeo de Mujeres hizo un llamamiento a favor de las disposiciones del Convenio del Consejo de Europa para Combatir y Prevenir la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica, el Convenio de Estambul como marco para combatir las limitaciones de la legislación existente sobre la Violación en toda Europa en nuestra Ley contra la Violación! Utilizar la campaña de la Convención de Estambul.

Bajo el lema común «¡Actúa contra la violación! Use la Convención de Estambul», una serie de eventos públicos se llevaron a cabo en 33 países de toda Europa durante los 16 días de activismo contra la violencia contra las mujeres, entre el 25 de noviembre y el 10 de diciembre.

Una aplicación adecuada de la Convención de Estambul servirá para realizar un gran cambio hacia una igualdad de género más efectiva. Sin embargo, en la actualidad sólo 18 Estados miembros de la UE han ratificado el Convenio.

Acompáñanos en nuestro apoyo y solidaridad con nuestras hermanas en España; ¡nuestras voces son demasiado fuertes y unidas para permanecer en silencio por más tiempo!

¡Exigimos la ratificación y aplicación del Convenio de Estambul por parte de la Unión Europea y de todos los Estados miembros ahora!

Obtenga más información sobre la campaña «Act against Rape, Use the Istanbul Convention» («Actúa contra la violación, utiliza la Convención de Estambul»), incluida una Carpeta de Acción, y podrá obtener más información sobre nuestra campaña para la ratificación de la Convención de Estambul aquí.

Traducción del artículo original publicado en la página web del European Women’s Lobby»La Manada Case; Spanish feminist movement highlights Europe’s need for uniform legal definition on rape»